martes, 17 de mayo de 2016

OTROS 5 DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA DENUNCIA EN CONTRA LA POLICIA NACIONAL FORMULADA EL 28 DE AGOSTO DE 2015

Neiva, Huila     Diciembre 7 de 2015.
Señor Fiscal
CUARTO ESPECIALIZADO.
Fiscalía General de la Nación.
Neiva.
ASUNTO: SOLICITUD MEDIDAS DE PROTECION.
Ref. Noticia criminal # 410016000584201501231.
DEMANDANTE: JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO
DEMANDADO: POLICIA NACIONAL.
Cordial Saludo.
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO, identificado con la cedula de ciudadanía No 7688896 de Neiva, acudo a usted honorable señor  fiscal con el ánimo de informarle varias situaciones que usted actualmente desconoce o que me está pasando en relación con  todos los hechos ya denunciados.
Eventualmente siempre me he caracterizado por ayudar mucho a las personas desvalidas o con necesidades económicas, al punto que hace poco o desde el año 2013 empecé a ayudar a un pequeño grupo de minusválidos afiliados a la EPS SALUDCOOP con un grupo que denomine NO-MAS, dándoles pañales que le eran negados por la misma EPS; en realizar las respectivas reclamaciones a esa entidad por la mala calidad en los servicios prestados; denuncias ante la supersalud; presentación de tutelas y desacatos; y ahora algunas demandas de tipo administrativo cuando la enfermedad se agrava en los pacientes por el propio descuidos de las EPS donde ellas argumentan problemas de tipo administrativos así como lo reza  La sentencia T-234 de 2013 de la corte constitucional donde ha sostenido que se debe de garantizar la continuidad del servicio, de manera que el mismo no sea suspendido o retardado, antes de la recuperación o estabilización del paciente. Por esa misma razón le anexo 2 fotocopias  del periódico EL EXTRA  de fecha 4 y 5 de diciembre de 2013 que demuestran mi actividad por ayudar a estos minusválidos como obra social y mandamiento de DIOS (anexo 1 y 2). De igual forma existen históricamente por la red social YouTube los videos donde yo los entrevistos y ellos elevan sus propias denuncias así:
Lo anterior es para que usted  honorable señor fiscal se dé cuenta con el buen corazón que nací, que antes de hacerle daño a otro ser humano siempre he preferido ayudar a mis hermanos en cristo con obras buenas; así mismo he sido un hombre valiente que siempre me he enfrentado a cualquier tipo de  injusticia, sin temor diciendo lo que toque decir o reconviniendo al que sea, donde siempre he buscado una voz de aliento para aquellos que ignoran el principio de legalidad y responsabilidad con el cual le pueden reclamar al  ESTADO, quienes a diario siempre se ven vulnerados sus derechos fundamentales y nadie hace nada por defenderlos y si alguien aparece para ayudarlos lo terminan asesinando, amenazándolo y hostigándolo.
La necesidad de este informe y petición, es con el fin de darle a conocer que como defensor de derechos humanos y la vez víctima, he actuado por cuenta propia o a título personal y con asociación con otras personas, donde literalmente vengo utilizando las redes sociales como TWITER, FACEBOOK y mi BLOGG, dándoles a conocer a la comunidad sin número de situaciones con el ánimo de prevenirlos y a la vez actúen denunciando; es de ahí, que actualmente vengo apoyando al señor PATRULLERO RUBEN DARIO ROZO GIRALDO quien denuncio por las redes sociales y televisión la vulneración de derechos fundamentales al colectivo de patrulleros, ver enlace por YouTube XQ6nSqKa2Uw    y     Nco7q2BJ3QM; también vengo dando a conocer en mi blog el caso del suicidio o homicidio de la cadete LINA MARITZA ZAPATA GOMEZ al interior de la escuela de cadetes de policía general Santander en el año 2006, donde actualmente he informado (anexo 3 y 4) al  Director de Fiscalía  Nacional Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario (radicado 110016000028200600254 fiscal 53 doctor LUIS ERNESTO ORDUZ GOMEZ) una situación relacionada con el señor coronel GERSON YAIR CASYELLANOS quien al parecer está vinculado con la red de prostitución o de trata de blancas al interior de la escuela, mismo oficial que el año 1993 acosaba sexualmente a los auxiliares bachilleres y tubo un problema con migo de esa misma índole sexual; hechos de 1993 que no están relacionados en mi denuncia elevada ante su despacho el 28 de agosto de 2015, ya que de manera significativa ese suceso del año 1993 no lo recordaba  a pesar de que este capitán  hoy en día coronel CASTELLANOS también me amenazo de hacerme trasladar para el putumayo si lo denunciaba y en donde solo se produjo  mi traslado para la estación de policía de ciudad bolívar ahí mismo en Bogotá; después de ese traslado que yo recuerde nunca más se metieron con migo, ya que los hechos por si solos más relevantes en materia de persecución, tortura moral y psicológica, y que fueron contrarios al respeto de la dignidad humana (art 1 derechos fundamentales), sucintamente todos los hechos están relacionados a partir del año de 1996 así como aparece en la denuncia que está en su despacho; por eso es claro informar que esta situación es nueva para usted precisamente por que pase a ser parte como testigo o sujeto procesal de esa fiscalía 53 de derechos humanos en Bogotá, en informar la mala conducta de este señor oficial   GERSON YAIR CASTELLANOS vinculado en una investigación del suicidio de la cadete LINA ZAPATA, ver enlace en YouTube   9_BJIdLUZmk , https://youtu.be/99r5PujKbRo.
 De igual forma estoy en comunicación con el señor capitán ANYELO PALACIOS MONTERO quien es víctima y testigo del caso HOMICIDIO SUICIDIO de la cadete LINA MARITZA ZAPATA, joven capitán al que le he venido dando apoyo espiritual y acompañamiento, ya que debido a este caso lo han venido discriminando, donde existe orden de la fiscalía de tenerlo en Bogotá para que se le brinde su debida protección, pero el director de la policía Nacional señor General Palomino que dice que ni se le arrodilla ni al propio presidente de la Republica, tiene a este oficial trabajando en Florencia Caquetá, y si no estoy mal y recuerdo, el me manifestó tener prescripción  psiquiátrica para no portar armamento, donde lo sacan a servicios donde se hace necesario el porte de armamento, así las cosa, él debe de estar es en Bogotá como víctima y testigo y en donde el afirma querer no remover nada de este asunto para que no lo discriminen más por exigir sus derechos, en conclusión lo entiendo tiene miedo. Ver enlace por YouTube  99r5PujKbRo.
De igual forma en mi blog público varios asuntos de abusos de mandos institucionales de la policía nacional, los cuales incluyen al actual director de la policía Nacional General PALOMINO; nótese y es claro evidenciar como terminan dañando la psiquis de los policías, denuncias que siguen circulando por las redes sociales y de las que ellos no les convienen que las sigan recordando al público, como yo si lo he venido haciendo en mi blog http://denunciadepoliciascolombianos.blogspot.com.co/. Nótese señor honorable fiscal que nuestra seguridad ciudadana está en peligro, ya que la mayoría de policías que existen en las calles ya hay muchos psiquiátricos tal es el caso del capitán PALACIOS y los patrulleros del caso del senador MERLANO.  Ver yuo tube CTAyBXnIq7M
cv14zDb-A8Q.
De igual forma estamos en enlace con DANIEL GEOVANY NEIRA RIOS quien viene denunciando a altos oficiales de la Policía Nacional por corrupción, donde utilizamos también mi blog para difundir y que nada quede en la impunidad, ya que yo hago parte de ese grupo de presión social. Ver yuo tube RjRqG2Z5D7g, 6Nvuwk0PUfk, j4-mwR1GYHg, 5X3uK8ZdqCU, Z4jQwUdpnZY, lNuNMF25sus.
Apoyo a la senadora CLAUDIA LOPEZ donde acusa de corrupción al General Rodolfo Palomino por tráfico de combustible en el departamento de policía Cesar, mismo departamento en el que yo trabaje en el año 2001 y en donde denuncie los mismos hechos a la dirección General y no hicieron nada, hechos que sucintamente relaciono en esta denuncia ante su fiscalía como un hecho histórico para demostrar cómo fue mi paso por la institución. Ver yuo yube cqI_XWk_UOg , Y MUCHOS CASOS MAS DE CORRUPCION, DONDE EL BUENO, HONESTO Y EN EL QUE NO ESTA EN LA ROSCA SIEMPRE TERMINAN DESCRIMINADAOS COMO EL CORONEL PEDRO LEON VALENZUELA mslEgwq80Qg , 8GUr8ERHtxo.
De igual forma con el actual caso descubierto al señor General Rodolfo Palomino por la compra de unas grandes extensiones de tierra, también estaremos difundiendo esta información fuertemente por las redes sociales, para que este señor sea investigado y pague cárcel por enriquecimiento ilícito de llegar a comprobárselo,  situación que para nada le gustara a dicho señor General http://www.semana.com/opinion/articulo/daniel-coronell-el-caso-del-general-palomino-la-banda-de-prostitucion-en-la-policia/452337-3.
Ya desde hace varios días he empezado a ver una motocicleta blanca auteco kynco abordada por un individuo, quien me ha estado siguiendo desde que salgo del almacén de mi esposa para mi casa, y cuando lo observo le doy vueltas y vueltas para perderlo y a la vez he tratado de írmele detrás para asegurarme de saber quién es el que me ha venido hostigando demostrando que me persiguen, actuación peligrosa a la que me he expuesto por que ya me mame de esa anomalía. Lo cierto es que los vecinos del sector empezaron a ver a una moto blanca de las mismas características que se estaba metiendo en contra vía por la calle 5 entre cr 2 y cr 3, mirando hacia el establecimiento comercial de mi esposa, motociclista que se regresaba a mitad de cuadra y otras veces terminaba su trayectoria en contravía por la cr 3 a salir a la calle 4.
De esto ellos me dieron aviso cuando  veían la moto pasar, por lo cual se empezaron a anotar fechas y horas como la del 20 de noviembre de 2015 a las 10:11 de la mañana, pero con la diferencia de que se anotó la placa EHV 75 D a partir de ese día y a las 14:40 del mismo día 20 de Noviembre volvió a pasar otra vez en contra vía; luego el 1 de diciembre de 2015 a eso de la 17:00 mi vecino me volvió a avisar de la moto blanca de placas EHV 75 D quien nuevamente venia en contra vía calle 5 entre cr 2 y cr 3 volteando por la cr 3 en contra vía nuevamente a salir a la calle 4,donde yo me dispuse a seguirlo, individuo que paro y se estaciono en toda la esquina de la cr 3 con calle 4 más exactamente en la ferretería, ahí en ese sitio me le hice a un lado, donde el individuo no se percató de que yo lo estaba escuchando hablar por su celular, donde el manifestaba en palabras que esa vuelta estaba fácil, terminando de hablar se montó  en su moto, y yo quise seguirlo para saber a dónde se dirigía o su origen pero se me perdió.
Ya el 2 de diciembre de 2015 otro vecino del sector me informo que esa misma moto paso a las 06:30 de la mañana y de igual forma ese mismo día a las 16:30 cuando precisamente le estaba diciendo a otro vecino las características de la moto, vimos venir la moto otra vez en contra vía y ya estando casi a mitad de cuadra donde nosotros estábamos parados en la calle 5 entre cr2 y 3 el trato de devolverse y yo me le fui encima y lo detuve diciéndole que esa moto que el conducía era robada dando un motivo para poder identificarlo, por lo que él individuo se asustó de mi reacción y de inmediato se identificó con el carnet de la policía el cual portaba colgado en cuello con un porta carnet y que para más certeza  me mostro su cedula, quien correspondía al nombre de patrullero CASTRO ALDANA LUIS MIGUEL cc.1053767618 y además preocupado de que yo llamara a la policía me dio su número de celular para tratar de aclarar más el asunto (3212444457), y termino diciéndome que era primer vez que el pasaba y que su destino era los almacenes de ciclas para comprarle a su hijo de navidad, manifestación a título personal de él que yo no le quise reconvenir ya que su aptitud siempre fue sospechosa desde sus primeras pasadas, afirmación que no concordaba con la realidad, ya que era lógico que de llegar a ser así su destino  los almacenes de ciclas, este  nunca se detuvo en ninguno de ellos, siempre haciendo su giro o la U frente la fábrica de mangueras. En conclusión esa preocupación que se me inicio por fin termino, pero con la salvedad de nunca estuve seguro si el que siempre me seguía este fuera el mismo individuo que logre identificar, por nunca pude ver la placa del que me seguía, ahora bien después del suceso en el que logre identificar valientemente a ese señor CASTRO ALDANA, ya no he vuelto a ver que esta moto me esté siguiendo y que yo sepa por el sector no ha vuelto a pasar este mismo señor, que en conclusión puede llegar a ser el mismo. Lo  más delicado de este asunto y que más sorpresa me ocasiono, es que al estar preocupado por esta moto, con las placas se pudo investigar que esta figura a nombre de la señora MARBY MARITZA RODRIGUEZ BURGOS cc 34.371.465 cel. 318 802 28 76 residente en la cr 4 # 15-20 de la ciudad de Neiva según el RUNT, a quien me dispuse llamar a indagar por la moto en son de compra como fachada, donde logre marcar al referido número, pero en este término contestándome un individuo quien me manifestó que la señora MARBY MARITZA  ya la había vendido hacia tres meses atrás, como tampoco me dio razón de ella y preocupado porque preguntaba por ella y  que por lo contrario este señor CASTRO ALDANA LUIS MIGUEL ya me había manifestado que la había comprado hacia 6 meses atrás y que no se la había comprado a la señora MARBY si no un tal ALEXIS (3173853215), como además en un principio me manifestó no conocer a la señora MARBY, pero aun así en ultimas termino dándome un numero de celular para que me comunicara con ella (316 7492035) cuando me dijo que no la conocía. Total es que es muy extraño todo, porque ya esa moto ha pasado por dos nuevos dueños al parecer y no aparece el cambio de propietario en el RUNT o sea que así las cosas la moto la compraron para hacer torcidos al parecer y en ultimas la que saldrá respondiendo es quien aparece en el RUNT, lo que se presta tal situación para que puedan delinquir en estos automotores porque nadie puede dar razón de nada, pero aun así no dejara de ser responsable quien aparece en el RUNT (anexo 7 y 8). Sin embargo al continuar con mis averiguaciones pude establecer de que este patrullero se encuentra excusado del servicio por psiquiatría según talento humano de la policía, donde resuelvo hacer la advertencia de que ya han existido muchos casos al interior de la institución donde a los excusados del servicio por salud los han capturado delinquiendo o sea aprovechan esa novedad para hacer de la suyas y a otros excusados los utilizan como fachada para hacer seguimientos a personas u otras labores ajenas al servicio en beneficio propio de algunos superiores si es así el caso; ya que cuando yo estuve en servicio activo, yo vi a muchos coroneles que ponían a estos excusados de sus mandaderos o que les lavara sus carros particulares o a cargarles el canasto de mercado a la empleadas del servicio. De igual manera han estado llamándome al teléfono fijo y a mi celular y no hablan, o cuando contesta mi esposa me pasa el teléfono y no hablan, es de ahí que muchas veces hemos devuelto las llamadas y nadie dice saber nada al respeto, o normalmente llaman de minuteros, de esa forma se la han venido pasando hostigándome, pero hasta ahora doy fe de que no he recibido amenaza alguna, pero sí el hostigamiento de la moto blanca relacionada en los 2 eventos, pueda ser que el asunto del patrullero no tenga nada que ver con migo y este individuo ande más bien en otro cuento. Mis teléfonos son 8740999 y 3105666360 y 3178587684 para que si es necesario los intercepten.
La verdad es que con el nuevo antecedente donde resuelvo ser parte o sujeto procesal del caso de la cadete LINA MARITZA ZAPATA GOMEZ, donde acuso al coronel GERSON YAIR CASTELLANOS, es posible que mi situación de seguridad se agrave un poco más, en donde tenga que andar más prevenido que de costumbre, cosa que a la final no me preocupa por que ando de la mano de DIOS, pero aun así ya he organizado mi propia seguridad con mis vecinos en los sitios donde más permanezco todo el día y personas que conocen de mi caso en particular.
Sin embargo el 26 de noviembre de 2015 envié 4 derechos de petición a 1) LA COMISION SEGUNDA CONSTITUCIONAL PERMANENTE DEL SENADO DE LA REPUBLICA – 2) COMISION DE DERECHOS HUMANOS Y AUDIENCIAS – 3) COMISION ACCIDENTAL AFRODESCENDIENTE E INDIGENA – Y 4) SENADOR IVAN CEPEDA CASTRO comisión segunda, en los que solicito control político para que no le sea otorgado el grado de general al señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, de igual forma como no recibí respuesta oportuna presente una TUTELA para que se me diera respuesta. Cabe aclarar que este señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISO es uno de mis denunciados penalmente ante su honorable fiscalía el 28 de agosto de 2015 y denunciado constitucionalmente ante el Congreso de la Republica, donde realizo entera oposición como órgano de control social y víctima.(anexo 5 y 6).
Deseo aclararle a usted señor honorable fiscal, que atendiendo a la enfermedad por la cual fui pensionado (esquizofrenia paranoide), LE HAGO LA SANA ADVERTENCIA, de que es posible de que las partes o sujetos procesales aquí denunciados o sus defensas, pueden entrar a referir que los hechos de mi denuncia y  que los que ahora aquí consagro, LOS PUEDEN ESTAR CATALOGANDO COMO INVENTOS MÍOS O   UNA REACCIÓN PARANOIDE TÍPICA DE MI ENFERMEDAD; por lo cual desde ahora dejo de presente este antecedente como anotación, ya que hasta ahora he actuado en causa propia con la ayuda DE MI DIOS, de un abogado, de mi familia y vecinos, que pueden dar fe, por ejemplo el tema de la moto de placas EHV 75D es un hecho verdadero A CUAL SE LE HIZO UN SEGUIMIENTO, ya que en la calle 5 entre cr 2 y 3 nos tocó organizarnos por los robos constantes, es de ahí que hace poco fue robada la ferretería FERREOBRERO ubicada en la calle 5 # 2-51 tel 8717176 de propiedad del señor IRME.
 Como también mi esposa me es testigo de las veces de que esta moto blanca nos seguía hostigándonos y quién sabe si para hacernos daño, donde tal vez no han tenido oportunidad alguna, por que no damos oportunidad para esto, donde no andamos a altas horas de la tarde y noche y menos por sitios desprotegidos, como también por mi propia seguridad ya tengo coordinado con unas líneas especiales de la estación de radio de la policía en caso de apoyo diferente al 123, ya que gracias a DIOS tengo buena acogida por los policías de Neiva que gozan de mi aprecio.
Es necesario manifestarle a usted honorable señor fiscal, que el 14 de octubre de 2015 radique otro  documento que no se si llegaría a su despacho, en el cual resalto los hechos más notables de mi denuncia,  con el ánimo de ayudar en esclarecer los hechos denunciados y que todo sea transparente, porque al que más me conviene es a mi como víctima (anexo 9 que consta de 24 folios).
Por último señor honorable señor fiscal, yo sé que ustedes por actuar bajo el principio de la legalidad, también están expuestos a riesgos y peligros (https://youtu.be/cmzWWF0QyCs)  pero aun así como bien lo dice la verdadera normas de normas, la sagrada BIBLIA, el libro de romanos capítulo 13 versículo 1, SOMETASE TODA PERSONA A LAS AUTORIDADES SUPERIORES; PORQUE NO HAY AUTORIDAD SINO DE PARTE DE DIOS, Y LAS QUE HAY, POR DIOS HAN SIDO ESTABLECIDAS. 13:2 De modo que quien se opone a la autoridad, a lo establecido por Dios resiste; y los que resisten, acarrean condenación para sí mismos.
13:3 Porque los magistrados no están para infundir temor al que hace el bien, sino al malo. ¿Quieres, pues, no temer la autoridad? Haz lo bueno, y tendrás alabanza de ella;
13:4 porque es servidor de Dios para tu bien. Pero si haces lo malo, teme; porque no en vano lleva la espada, pues es servidor de Dios, vengador para castigar al que hace lo malo. 
Por tal razón Honorable señor fiscal usted está bajo la protección de DIOS y no cesaremos de orar por usted.
En cuanto A LA MEDIDA DE PROTECCION aquí solicitada ya usted me dirá como proceder y dictar las medidas cautelares para que se me brinde protección. Amen.
Agradezco su atención prestada.
Atentamente.
 JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO
7688896. De Neiva.
Anexo documentos del 1 al 9 ya citados en el documento.

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Neiva, Huila     Enero  19 de 2016.
 
 
Señor Fiscal
CUARTO ESPECIALIZADO.
Fiscalía General de la Nación.
Neiva.
 
ASUNTO: SOLICITUD MEDIDAS DE PROTECION.
Ref. Noticia criminal # 410016000584201501231.
 
DEMANDANTE: JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO
DEMANDADO: POLICIA NACIONAL.
 
Cordial Saludo.
 
 
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO, identificado con la cedula de ciudadanía No 7688896 de Neiva, acudo a usted honorable señor  fiscal con el ánimo de informarle los últimos acontecimientos en relación con  todos los hechos ya denunciados al caso que me aqueja; que así como se lo supe informar en el último documento radicado en su honorable despacho, eventualmente siempre me he caracterizado por ayudar mucho a las personas desvalidas o con necesidades económicas, y así mismo con la tarea de  ir en contra de quienes no realizan lo correcto o justo, donde por encima de lo que sea y pase lo que pase, siempre defenderé y exigiré mis derechos como ciudadano respetable de los derechos de los demás; una lucha que muchos me critican que será sin frutos, porque estas personas no viven una vida con DIOS y esos son los que viven  con miedo, razón por la que me manifiestan de que si no me da miedo estar en contra de las grandes ligas o sea la policía; pero será, de las  grandes ligas de la corrupción a las que no les tengo temor alguno.
Conozca su honorable despacho, que como ser humano, persona, víctima, testigo y defensor de derechos humanos,  tengo derecho individual o colectivo de promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional, donde estoy trabajando para hacer realidad los derechos humanos que se establecen en la Declaración Universal, los cuales  me fueron vulnerados a través del tiempo, antes, durante y ahora.
Como ser humano, persona, victima, testigo y defensor de derechos humanos sé que puedo actuar por cuenta propia o en asociación con otras personas, a título personal o en el marco de una profesión así como bien la ejercí como oficial de la policía nacional, profesión  que no pude continuar por los mismos desmanes de la institución policial, que con fundamentos de ley y bajo el principio de legalidad, no me cansare de denunciar venga lo que me venga, donde no se necesita de ser demasiado hombre o de tener mucho valor para denunciar, si no la certeza de querer  tener unas instituciones que sirvan con verdadera moral, justicia y dignidad, y eso incluye también a la fiscalía y la procuraduría que son unas excelentes instituciones y están bien organizadas bajo todos los principios constitucionales que ponen mano dura a la corrupción.
Por tal virtud y en aras de continuar con mi trabajo y lucha, con fecha 18 de diciembre de 2015, numero de guía 93 6542660 envié por servientregas un documento a la procuraduría general de la nación, donde solicito que la INSPECCIÓN GENERAL LA POLICÍA NACIONAL se declare impedidos para continuar con la investigación disciplinaria en contra del coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO y de la POLICIA NACIONAL, mismo documento en el que soy bastante contundente en contra del señor General RODOLFO PALOMINO actual director de la policía nacional, y otros oficiales de la policía nacional como el coronel CASTELLANOS SOTO JERSON JAIR ya en retiro, involucrados presuntamente en el suicidio-homicidio de la cadete LINA MARITZA ZAPATA GOMEZ y en la red de prostitución homosexual de la escuela de cadetes de policía general Santander; ASI MISMO, con fecha 24 de diciembre de 2015, numero de guía 928567166 envié también por servientregas otro documento de la misma referencia al señor general RODOLFO PALOMINO, donde le solicito directamente la renuncia al cargo de director de la policía nacional y la separación del cargo al coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO por no reunir los verdaderos requisitos, exigencias, condiciones o calidades para ejercer el actual cargo, al haber venido violando el régimen de incompatibilidad, ya que sus actuaciones no estuvieron irradiadas por el principio de moralidad; así mismo aporto fotocopia del documento que le envié al señor fiscal 53 de derechos humanos en Bogotá por servientregas numero de guía 932782936 el 25 de noviembre de 2015 donde denuncio y relaciono conocer al coronel JERSON JAIR CASTELLANOS al parecer jefe de la comunidad anillo en el año 2006 y 1993 caso relacionado con migo, donde el 23 de diciembre de 2015 yo rendí declaración bajo la gravedad juramento ante esa fiscalía por tales hechos http://www.noticiascaracol.com/content/13-de-diciembre-de-2015-700-pm?video-player=27010  (radicado # 110016000028200600254 fiscal LUIS ERNESTO ORDUZ GOMEZ). También estos mismos documentos los di a conocer a la revista SEMANA número de guía 936543021 y ahora los estoy coordinando con el periódico el TIEMPO.
 
Es importante tener en cuenta que el decreto 1066 del 26 de mayo de 2015, especifica las diferentes poblaciones y la entidad encargada de su protección, donde el gobierno nacional la debe de determinar en virtud de sus actividades, condiciones o situaciones de la víctima, ya que por las mismas circunstancias y hechos que he venido denunciando simultáneamente en contra de la policía nacional, actualmente me encuentro en situación de riesgo extraordinario o extremo de sufrir daños contra mi vida, integridad, libertad y seguridad personal, que de acuerdo al ordenamiento constitucional, el gobierno nacional me debe de garantizar la oportunidad, eficiencia e idoneidad de las medidas que se otorgan si ellos así lo ameritan; porque así como el gobierno nacional presta el servicio de protección de acuerdo a los estudios de riesgos realizados por el grupo técnico de evaluación de riesgos, pueden terminar quitando el servicio al presumir de que el riesgo dejo de existir, y la victima termina nuevamente desprotegida, ¿entonces para que recibir un servicio de seguridad que es solo por un corto periodo, para terminar nuevamente desprotegido y vulnerable, que contradictorio. Pero sin embargo hay que agotar esta vía o la solicitud de pedir protección preventiva, que de acuerdo a mi caso denunciado,  la petición no la realizo por miedo, porque si hubiese sido así no hubiese denunciado, la petición la realizo con el ánimo de dejar un verdadero antecedente de que yo agote esta vía de pedir protección ante todas las instituciones de las que habla este decreto 1066, en caso de una reparación directa si paso a una mejor vida por orden de DIOS. Ahora bien, en términos de prevención y atención individual y colectiva, si este servicio es difícilmente prestado a una sola persona y solo es temporal, entonces como será para que se lo presten a toda una familia donde resulten todos amenazados si es el caso, porque no todas las veces los delincuentes o asesinos no amenazan y terminan asesinando sin dar aviso alguno.
 Por eso es inescrutable o difícil de comprender por varios juristas, que este decreto 1066 de 2015 resulta del todo ser inconstitucional, ya que atenta contra el propio principio de igualdad, al ser evidente que un alto magistrado de la corte no continua con la protección una vez se pensiona de su cargo solo por 6 meses, pero si sigue con protección un general de la policía o del ejército una vez pensionados, entonces que podemos esperar los demás con este decreto que firmo el presidente SANTOS JUAN MANUEL en mayo de 2015 lleno de mermelada para los generales. Por esa misma razón honorable señor fiscal, así como lo describe el mismo decreto 1066 de 2015, ya uno es vulnerable y esta 100% sometido a riesgos, por el solo hecho de haber denunciado los autores de un delito, esa es la única realidad que uno debe de afrontar con celo por no dejar nada en impunidad.
Quiero que sepa  señor honorable fiscal, que a muchos les he manifestado mi odio en contra de la policía nacional por todo lo malo que me hicieron, pero que quede claro, fueron mandos superiores institucionales los partícipes de estas malas obras, o sea oficiales superiores a mí, a excepción de los señores PEREX CHAUX patrullero y agente GAMBOA en Cundinamarca, ambos subalternos que nunca estuvieron disciplinariamente a mi cargo, quienes estuvieron en contra mía en la investigación que se me iniciaría en el penal militar con auspicio de PELAEZ RAMIREZ, así como está relacionado en los hechos de la denuncia penal ante su despacho, así mismo el subintendente POLO VILORIA EVERT DE JESUS en Santander. Esto lo menciono, porque al referirme a tener odio, es solo contra los oficiales de la policía, y no en contra de toda la policía nacional, porque  que pesar de la mayoría de patrulleros o policías  que les vulneran sus derechos como en el caso del señor senador MERLANO y a otros tantos casos que se ven por las redes sociales y los pobres no denuncian por temor, los volvieron también psiquiátricos, pobrecitos unos esclavos con sueldo y a la final muchas veces los terminan botando de la policía sin pensión. https://youtu.be/CTAyBXnIq7M, https://youtu.be/cv14zDb-A8Q https://youtu.be/UbMgK2m_fxY,                https://youtu.be/OiXQi7FLBW4
Hasta el 12 de enero de 2016 fecha en la que me dirigí a las oficinas de su honorable fiscalía en horas de la mañana, la señora lucero asistente de fiscalía me manifestó de que ya habían oficiado al CTI una orden de trabajo en relación a mi petición de protección; misma forma le réferi a la señora asistente de fiscalía de que la situación estaba tranquila o de que no existían otras novedades extremas, ya que no había razón diferente para decir todo lo contrario, como la de seguir argumentando de que sigo siendo perseguido u hostigado por alguien más,  definición que utilice el 12 de enero de 2016 ante su asistente para decir verdad, verdad que resulto o se convertiría en total contradicción, ya un pariente o familiar del que no revelo su nombre por su seguridad solo hasta el 15 de enero de 2016 me confirmo haber encontrado a la entrada de la casa el 3 de enero de 2016  un sobre de manila grande que no tenía remitente o marcado con destinatario, el cual  contenía en su interior un periódico, periódico que mi familiar no me quiso entregar para que yo no me preocupara o sintiera miedo, situación que a la final resulto peor para mi familiar, ya que con el ánimo de esconder tan nefasta situación que también a mí me afectaría psicológicamente, entonces me lo oculto, donde el resultado de esa  preocupación de mi familiar afecto su salud al tratar de ocultarme la novedad al venir percibiendo fuertes dolores de cabeza por la pensadera, su presión sanguínea se le elevo a 165 sobre 90 de acuerdo al último control médico en EPS SANITAS el día 13 de enero de 2016, ya que por el mismo stress recibido o del que viene recibiendo actualmente, esto se convirtió en una alteración fisiológica a su metabolismo ya que en sus antecedentes o historial clínico anterior no existe problemas de hipertensión existente en mi pariente, esta hipertensión alta solo se vino a originar por la preocupación recibida desde esa fecha 3 de enero de 2016, preocupación que paso a ser menor para mi familiar  desde que yo encontré dicho periódico en el cajón de la biblioteca el 15 de enero de 2016 en horas de la mañana, donde mi familiar me contó lo sucedido y de su temor.
De acuerdo al anterior acontecimiento yo no puedo considerar que ese periódico haya sido una amenaza dirigida para mí, ya que no tenía destinatario o marcado con mi nombre, pero si existe un nexo causal hecho por los hechos denunciados, ya que el periódico el tiempo es de fecha 8 de diciembre de 2015 (PAGINAS 3 Y 4) y precisamente al respaldo existen todos los temas de las denuncias que realizo VIKY DAVILA por el tema de la comunidad del anillo y donde dice el presidente de la república de Colombia SANTOS de que apoyara al general PALOMINO en todo; por cual concluyo de que si ese mensaje viene dirigido a mí, el cual indica MUERTE A SAPOS SAQUELE PROVECHO A LA VIDA DIGA ADIOS, este aviso es una completa amenaza a mi humanidad que no puedo seguir descartando por que no haya venido el sobre marcado con mi nombre; que así las cosas, mis amenazantes u hostigadores que están participando de manera descomunal para dañarme la tranquilidad y la de mi familia,  donde a ciencia cierta no sé quiénes puedan ser, tal vez puedan ser todos o algunos de mis aquí denunciados penalmente, lo cierto, es que SI me están dando a entender  de si son culpables y además unos cobardes haciendo esta clase de cosas para intimidarme o tal vez de  asustarme para que yo me quede quieto, para que yo no siga ejerciendo presión como un órgano de control social, víctima y testigo así como lo contempla el código contencioso administrativo o el mismo principio de legalidad, ya que también ante el senado de la republica comisión segunda he denunciado al coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO por violar el régimen de incompatibilidad por ser miembro activo de la policía nacional.
Deseo dejar bien claro desde ahora señor honorable fiscal, de que en el encabezado de mi denuncia penal,  esta solo dice estar dirigida en contra de la policía Nacional como demandados o sea como institución, pero que de acuerdo a la relación de los hechos y de lo que he venido ampliando con el ánimo de aclarar lo fundado, en los hechos de la denuncia están todos los nombres de todos aquellos que me vulneraron mis derecho fundamentales; oficiales que fui  individualizando en la medida que narre de forma descriptiva cada hecho en tiempo, modo y lugar;  MIS VICTIMARIOS AQUÍ DENUNCIADOS SON: coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO uno de los principales y actualmente activo en la policía nacional, Brigadier General TOBIAS DURAN QUINTANILLA(pensionado), capitán LUNA GRANADOS ELVIS (pensionado), teniente coronel ABEL DE JESUS LEON CUBILLOS (pensionado), teniente coronel CIRO HERNANDO CHITIVA RINCON (pensionado), teniente coronel GALLEGO GALLEGO GERNEY (pensionado), teniente coronel VALENCIA MARULANDA (pensionado), teniente coronel RUIZ ANTIA DANIEL (pensionado), coronel JARAMILLO PIEDRAHITA GERMAN (pensionado), coronel CASTELLANOS JERSON JAIR (pensionado) y General JANIO LEON RIAÑO (pensionado), estos dos últimos señores aquí nombrados  son del caso que adelanta la fiscalía 53 de derechos humanos por el caso de la comunidad anillo de la escuela de cadetes de policía general Santander donde resultó muerta la cadete LINA MARITZA ZAPATA GOMEZ; pero cabe aclarar, que mi trato solo fue con CASTELLANOS JERSON  al  general JANIO LEON RIAÑO no lo conozco; ya que dada mi propia investigación también de este caso que me intereso bastante por ser un delito que tenía conexión con mi pasado y del que también fui víctima de CASTELLANOS JERSON JAIR, hecho que no  recordaba del año 93 y que vine a aclarar o recordar en el año 2015 cuando vi a CASTELLANOS JERSON JAIR por los medios informativos o noticieros, ya que varios de los hechos que narro sucintamente en la denuncia penal, los baso en los mismos documentos que aun poseo, ya que estos documentos de manera significativa me han permitido recordar a la lectura dada de cada uno, porque así también lo indique, muchos de ellos se me dañaron con agua  de invierno donde los archivaba y uno de esos tantos que se me dañaron o extraviaron, está el informe que le pase al coronel CASTELLANOS JERSON JAIR en el año 1993;como también hay hechos descriptivos en la denuncia que aun sin documentos que antecedan son hechos que logro recordar de momento y si no los escribo de inmediato se me olvidan y así mismo los voy contando, pero así mismo hay otros casos que me acontecieron que  por mí mismo problema de memoria  me es difícil recordarlos con exactitud, bueno es un fuego de mi mente; En tal virtud expuesto todo lo anterior pude informarle en declaración juramentada al señor fiscal 53 de que el general General JANIO LEON RIAÑO también fue denunciado por otra víctima  por los medios de comunicación y la fiscalía 53 no lo sabía, YA QUE YO DIRECCIONE AL SEÑOR FISCAL 53 A QUE VIERA LA INFORMACIÓN O LA DENUNCIA REALIZADA POR UNO DE LOS NOTICIEROS DE TELEVISIÓN NACIONAL.  Cabe también aclarar y también resaltar; que otros oficiales superiores  que dirigían la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS de esa época que son el  Brigadier general VICTOR MANUEL PAEZ GUERRA y coronel JOSE LAUREANO SANCHEZ GUERRERO, fueron los que recibieron mis dos primeras solicitudes de retiro motivadas, estos señores hicieron caso omiso a mis dos solicitudes de retiro  no porque les estuviera doliendo o preocupando mi problema de salud o laboral, más bien sabían de que esto  era un problema para la institución los motivos de mi retiro, y a pesar de lo delicado de que era el tema que les estaba informando, no tomaron la novedad como nada importante a pesar de los duros señalamientos que yo realice en ambos documentos o sea no ordenaron investigar que estaba pasando verdaderamente con su funcionario; también estos dos señores oficiales PAEZ GUERRA Y LAUREANO SANCHEZ son mis victimarios, quienes haciendo uso de la legalidad, bajo su cargo de directores de recursos humanos permitieron u originaron los traslados o desplazamientos sin justa causa a otros departamentos de policía así como se habla en las sentencias de corte constitucional ya citadas en la denuncia penal, estando en lamentables condiciones de salud y prescripción médica de no porte de armamento.
Francamente yo soy un ciudadano más de Colombia, de los muchos que no estamos para nada de acuerdo con el actual presidente de la república y sus políticas de gobierno y eso incluye de que aun continúe siendo director de la policía nacional el señor general RODOLFO PALOMINO LOPEZ envuelto en muchos escándalos, general que dice que no se le arrodilla ni si quiera al mismo presidente de la república SANTOS JUAN MANUEL, por algo lo dirá con bastante seguridad esta enmermelado, así como lo supo afirmar el señor coronel PEDRO LEON VALENZUELA, que fue retirado injustamente por haber denunciado un acto de corrupción del entonces director de la policía nacional JORGE DANIEL CASTRO https://youtu.be/mslEgwq80Qg, https://youtu.be/8GUr8ERHtxo, https://youtu.be/5CDvUA5waxI.
Lo cierto, es que hoy en día todos mis duros planteamientos y señalamientos como crítico en contra hasta del mismo director de la policía nacional general RODOLFO PALOMINO LOPEZ, son claros argumentos que este señor no me debe estar aplaudiendo o de estar feliz porque yo estoy hablando lo que para él no es bueno o de estarme buscando para felicitarme y darme las gracias; actuaciones mías o propias y de nadie más, QUE YO MISMO CALIFICO CIENFICAMENTE, son de una persona con un fuerte  dolor emocional  parte inevitable de mi vida, dolor que está relacionado con el propio trauma que me creo la misma institución policial así como lo demuestro, institución de la que aun continuo viendo a diario noticias negativas de funcionarios que la componen o conforman jerárquicamente, donde me sigue produciendo dolor, frustración e ira seguir sabiendo de que la mayoría de mandos institucionales le siguen vulnerando los derechos fundamentales a los policías que prestan sus servicio en esta institución, esas situaciones que argumentan los policías de alguna manera me siguen afectando moral y psicológicamente independientemente de los hecho que denuncie ante su honorable fiscalía, ya que al ver ese dolor e impotencia de esos jóvenes como cuentan sus problemas o derechos vulnerados, es un campo o situaciones que de manera indiscutible no se pueden ocultar, pero que si las sigo viendo y me afecta moral y psicológicamente porque me recuerdan mi propio padecimiento, donde les niegan sus permisos de descanso para estar cerca de sus familias, y ya cuando se ven obligados a reclamar por fuerza mayor sus derechos constitucionales, los comandantes terminan imponiéndoles castigos o anotaciones negativas al folio de vida o trasladándolos para rotos feos del país; todo eso me produce dolor y muchas ganas de salir corriendo y hacer justicia a todos estos desgraciados que parecen que uno hubiesen tenido mama, esposa e hijos algún día, pero que les importa a ellos el bienestar de los demás si lo tienen todo y más si son de  la rosca de la policía nacional https://youtu.be/ULOftW1SGmM. Ya es hora de cambien a ese director de la policía nacional del que no soy su santo de su devoción; parecerá contradictorio yo haber dicho de mi odio en contra de los oficiales de la policía nacional, pero Dios quiera que los próximos directores de la policía nacional postulen a los señores generales JORGE HERNANDO NIETO ROJAS O HUMBERTO GUATIBONZA CARREÑO, donde hasta ahora no se les conoce mal trato con sus subalternos.
Denuncia en contra del general JANIO LEON RIAÑO:
Otras denuncias:
 https://youtu.be/oHA8NQbWt0U,                                                                    
Habiendo relacionado todo lo anterior, es evidente manifestar que no puedo decir que todas esas personas que he relacionado como mis victimarios anteriormente, todos ellos tengan muchos deseos de ser mis amigos; y máxime en el caso del general JANIO LEON RIAÑO de quien puedo decir que con mi declaración juramentada lo vincule también en la investigación de la fiscalía 53 de derechos humanos, yo no creo de que ese personaje este muy contento con mi investigación aportada;  lo cierto es que todos los aquí nombrados en este documento y en la denuncia penal, a excepción de los señores generales JORGE HERNANDO NIETO ROJAS O HUMBERTO GUATIBONZA CARREÑO que no tienen nada que ver con este asunto; A todos ellos los denunciados y al actual Director de la policía nacional General RODOLFO PALOMINO LOPEZ, los hago responsables directos de todo acontecimiento reprochable en el que se pueda atentar en vulnerar los derechos fundamentales a mí y mi familia celular ahora en el presente y en el futuro, ya  que mi familia atómica gracias a DIOS son todos personas respetables y sin problema alguno con instituciones al servicio del estado y menos aún con delincuencia común,  ya que nuestro núcleo familiar celular y atómico  por más de 5 décadas alrededor de unos 150 personas entre primos y hermanos hemos conformado la policía nacional, actualmente muchos activos y pensionados, algunos ya sargentos pensionados hace 25 años, que por ser mi familia bien grande y regional  mi descendencia es boyacense, pastusa, caucana y caldense, abuelos paternos y maternos, por eso no ha gustado ser policías. Recuerdo en primo sargento mayor me decía, primo si llegas a ver o a saber algo malo que venga haciendo algún oficial superior quédate callado, porque si los denuncias a ellos no les pasa nada si hacen parte de la rosca de los generales, toda la vida eso ha sido así primo, te la montan por sapo, te trasladan a rotos, mejor dicho te hacen la vida imposible o te matan o terminas matando a alguien por no dejarte joder y termina siendo peor, si ves que no puedes quedarte callado mejor retírate, porque esto es una mafia donde hacen de todo lo malo y esto no es para voz que eres honrado primo, así me lo decía mi primo el sargento mayor.
Ya para terminar con este debate jurídico, todo lo que yo he venido evaluando no lo vengo realizando sobre supuestos o suposiciones, todo está dado bajo la realidad de este país que se divulga en los videos y noticias y lo que a  mí me acontece que he denunciado bajo la legalidad de la ley; lo cierto es que mi familia me está apoyando en esta batalla jurídica, pero si quiero dejar constancia  que por yo haber puesto en ejecución o en marcha estas denuncias por vulnerar mis derechos fundamentales, al interior de mi familia celular (mis padres, hermanos, hijos y esposa)se activó y se está generando una perturbación en la estabilidad orgánica y funcional de su salud al verse alterado su bienestar emocional y psicológico de todos ellos al estar preocupados por lo que pueda pasar con mi vida, pero pues yo les he dicho que como creyente eso a mí no me aterroriza pero si a mi familia que vivió el flagelo de toda mi carrera profesional, donde estuve sometido a toda clase de humillaciones y ahora ellos tienen que seguir viviéndolo por causa mía, tal es el caso del familiar que les hable anteriormente, a quien su presión arterial se le altero por la ansiedad o preocupación recibida al tratar de ocultarme lo de la amenaza del periódico. Ya esta es una situación que traspaso los limites.
Visto todo lo anterior, donde a los señores de la policía se les de la idea de hacerme cualquier daño o desaparecernos, ya existen muchos antecedentes con los cuales la honorable fiscalía puede terminar de actuar en contra de los aquí denunciados, ya que yo y mi familia no tenemos enemigos diferentes a la policía nacional y lamentablemente es mucha la corrupción dentro de esta institución que se debería de acabar algún día. https://youtu.be/M1HzogPuNp8, de este video noticia, estos están presos por que no fueron   de la rosca de esos generales o tal vez estos resultaron ser muy correctos que lo dudo o el caso fue muy evidente y no lo pudieron ocultar. Esto lo divulgo porque tengo libertad de expresión y esto es una cruda realidad de la vida, que como se dice en carnaval ‘’ el que lo vive es el que lo goza’’ y yo sí puedo hablar porque lo he vivido y lo estoy contando en carne propia, porque tengo todo el derecho de hacerlo hasta ser escuchado. Yo se señor honorable fiscal que muchas cosas de mi amplio contenido no le podrán estar gustando a muchos pero a muchos, pero que  puedo yo hacer, porque para eso DIOS nos dio sentido común y uso de la razón y lógica, por lo cual no me cansare de hacer comparaciones lógicas con los demás hechos de la vida, porque de acuerdo al caso de la cédete asesinada ZAPATA GOMEZ LINA MARITZA, triste seria correr con la mala suerte de que un hijo nuestro resulte asesinado y nadie de razón, ya sea en la universidad en la que estén estudiando o el lugar que sea y máxime dentro de una escuela de policías, que vergüenza decir que fui policía, y que así uno sea fiscal, juez, general o yo que soy un simple capitán, así contemos  con las suficientes herramientas para investigar  o de escoger las vía de hecho con armas para matar a todo el que nos atraviese y vengar, no dejaremos de ser nunca unos simples criaturas humanas que si nos dolería lo malo que nos hagan porque son nuestros hijos, pero como no nos está pasando o no nos ha pasado a nosotros, pues a pocos les interesara el dolor de los demás, y a mí sí que me ha dolido el caso de la cadete muerta; ojo a pocos les importa no a todos, perdóneme señor honorable fiscal JAIRO no me vaya a mal interpretar la comparación pero de esto habla la historia de la humanidad desde el comienzo del mundo primitivo y son muy pocos los que hacen cosas buenas por los demás así como lo manda las escrituras bíblicas.
PRETENCION
Habiendo radicado el último documento con fecha 12 de diciembre de 2015 ante su honorable fiscalía  HUIL-F4-DAJPE-No.20150200207592 con 46 folios, donde solicite medida de protección, en concordancia al decreto 1066 de 2015  yo actualmente  estoy garantizando mi seguridad con autoprotección por el mismo entrenamiento que recibí como oficial de la Policía Nacional,  ya que lastimosamente por el derecho de desigualdad que se profesa en este país y no de igualdad;  mientras no lo determine positivamente  el respectivo grupo técnico de evaluación de riesgos, nunca se me prestara el dispositivo de seguridad para efectos de garantizar una respuesta oportuna en términos de prevención. Ya el señor  fiscal recordara como se lo dije al comienzo de este escrito, por el solo hecho de haber denunciado unos delitos e implicar a varios victimarios, ya mi  integridad y vida se encuentra en riesgo, que así como lo indica el mismo decreto artículo 2.4.1.2.6 siempre debe de existir nexo causal entre el nivel de riesgo y la víctima o solicitante, ya que por la magnitud de mi denuncia penal mi situación es de una persona de riesgo extraordinario o extremo, sin la necesidad de incluir la última novedad del periódico del tiempo, que si empezamos a hablar de evaluación y calificación del riesgo individual, esto pasa a ser una novedad de que si estoy en riesgo, que si es de hablar de la presunción constitucional de riesgo, dado el caso de que a mí se me niegue este servicio, yo puedo estar tutelando este derecho para que de hecho este servicio se me esté prestando permanentemente si así lo fuere para prevenir cualquier riesgo ( sentencias T-134/2010; T-059/2012; T-234/2012) ya que si definimos la palabra riesgo así como lo define el mismo decreto 1066 de 2015, RIESGO es la probabilidad de OCURRENCIA DE UN DAÑO y la palabra probabilidad se define  como un evento o suceso que puede ser improbable o probable, seguro o inseguro de que algo pueda ocurrir o resultar, es la oportunidad de que algo ocurra. Visto lo anterior mi riesgo no dejara de ser un riesgo extraordinarios así el funcionario del comité le de otra evaluación y calificación a mi riesgo individual, porque de acuerdo a las características de mi denuncia penal, mi seguridad preventiva se puede materializar por las circunstancias de mi caso que es bien claro y discernible, ya que la mayoría de personas no denuncian es por miedo y razón tienen, por ser vulnerables en esta clase de eventos.
Es responsabilidad del Ministerio de Defensa Nacional en el marco de la estrategia de prevención-art 2.4.1.2.18 y demás entidades e instancias intervinientes en el marco de la estrategia de protección- art 2.4.1.2.26 y 28 1.Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. 2. Unidad Nacional de Protección.
3. Policía Nacional.
4. Ministerio de Defensa Nacional.
5. Consejería Presidencial para los Derechos Humanos
6. Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación a
Víctimas.
7. Gobernaciones.
8. Alcaldías.
9. Grupo de Valoración Preliminar.
10. Comité de Evaluación del Riesgo y de Recomendación de Medidas.
11. Fiscalía General de la Nación.
12. Defensoría del Pueblo.
13. Procuraduría General de la Nación

Por tal razón solicito muy respetuosamente a usted honorable señor fiscal  ordene a quien corresponda se elabore la orden SOLICITUD DE MEDIDA DE PROTECCION AL COMANDANTE DE LA METROPOLITANA DE NEIVA  como medida de asistencia inicial dentro de las ETAPAS art 2.4.1.1.24, para que esta asistencia inicial se me mantenga hasta tanto se me notifique la decisión adoptada por el grupo técnico de evaluación de riesgo, para que en el marco de la protección o esquema de seguridad se me brinden rondas policiales por las patrullas de vigilancia del sector y plan padrino, donde deberán quedar debidamente consignadas las revistas en una minuta de lo que me deberá quedar copia a mí de lo actuado y así poder confirmar lo actuado. Nótese señor fiscal que mis lugares de permanencia o los sitios donde más tiempo permanezco son el lugar de trabajo de mi esposa ubicado en la calle 5 # 2-72 centro de Neiva y mi lugar de residencia calle 2 # 3-30 de la misma ciudad. Asistencia inicial que en mi calidad de capitán pensionado de la policía nacional en uso de las facultades que me confiere la constitución política de Colombia ejerceré el debido control de lo aquí solicitado a los uniformados.
Por todo lo anterior le agradezco su atención prestada.

Romanos capítulo 13 versículo 1, SOMETASE TODA PERSONA A LAS AUTORIDADES SUPERIORES; PORQUE NO HAY AUTORIDAD SINO DE PARTE DE DIOS, Y LAS QUE HAY, POR DIOS HAN SIDO ESTABLECIDAS. 13:2 De modo que quien se opone a la autoridad, a lo establecido por Dios resiste; y los que resisten, acarrean condenación para sí mismos.
13:3 Porque los magistrados no están para infundir temor al que hace el bien, sino al malo. ¿Quieres, pues, no temer la autoridad? Haz lo bueno, y tendrás alabanza de ella;
13:4 porque es servidor de Dios para tu bien. Pero si haces lo malo, teme; porque no en vano lleva la espada, pues es servidor de Dios, vengador para castigar al que hace lo malo. AMEN.
 
ATENTAMENTE
CAPITAN PENSIONADO
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO
CC7688896. Neiva.
 
Notificaciones:  calle 2  a   #  3-30 neiva Huila 
Email: jofamala@hotmail.com


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Neiva, Huila febrero 15  de 2016
 
Señor honorable fiscal
Fiscalía cuarta especializada
Neiva.
 
ASUNTO: INFORME Y AMPLIACION DE DENUNCIA. Radicado # 410016000584201501231.
 
Respetado Señor Honorable Fiscal.
 
Con la presente me permito manifestarle que de acuerdo a los delitos que denuncie el 28 de agosto de 2015, siempre he considerado como víctima mi afán por darle un mejor enfoque y visión a la investigación, para que el funcionario judicial no llegue a omitir elementos probatorios que constan en el proceso para efectos de fundamentar su decisión; donde resulta evidente señor honorable fiscal que dé ya haberse realizado su análisis y valoración del expediente, la solución del asunto jurídico debatido ya ha variado sustancialmente por hechos presentes derivados por la acción que tome, acontecimientos  informados a usted a través de todos mis escritos, donde actualmente estoy enfrentado a un riesgo por la realidad de este país, porque somos pocos los que corremos con este riesgo dada nuestra honestidad y valor.
El motivo principal de este escrito es para seguir ampliando mi denuncia en contra del coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, por hechos que tienen nexo causal de actuaciones que yo he realizado actualmente en defensa de los derechos fundamentales del capitán ANYELO PALACIOS MONTERO y mi denuncia penal, que por las actuaciones defectuosas del coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, este señor se ha involucrado dentro de la figura del DELITO CONTINUADO por su reiterada ejecución de la conducta desplegada a través del tiempo en venir vulnerando derechos fundamentales de sus administrados, actual caso del capitán ANYELO PALACIOS MONTERO con el que puedo demostrar sus actuaciones dolosas al interior de la institución, o sea no he sido su única víctima , figura que aparece en el art. 32 de la ley 95 de 1936, código penal de 1936, desaparece en el decreto 100 de 1980 y nuevamente vuelve a aparecer en la ley 599 de 2000 en el art. 31. Se dice que hay delito continuado cuando el agente realiza diversos actos parciales, conectados entre sí por una relación de dependencia, de tal manera que el supuesto de hecho los abarca en su totalidad en una unidad de acción. Dicho en otras palabras, se trata de una forma especial de realizar determinados tipos penales mediante la reiterada ejecución de la conducta desplegada, en circunstancias más o menos similares.
Este fenómeno jurídico aparece consagrado en el artículo 31 del Código Penal y se presenta cuando un mismo sujeto agente, con su acción u omisión realiza varios hechos punibles. DR. REYES ECHANDIA.

Del análisis de este artículo, podemos deducir las siguiente hipótesis constitutivas del concurso:
Con una acción se infringen varias disposiciones penales: concurso simultáneo heterogéneo.
Con una omisión se infringen varias disposiciones penales: concurso simultáneo heterogéneo.
CON VARIAS ACCIONES SE INFRINGEN VARIAS DISPOSICIONES PENALES: CONCURSO SUCESIVO HETEROGÉNEO.
CON VARIAS OMISIONES SE INFRINGEN VARIAS DISPOSICIONES PENALES: CONCURSO SUCESIVO
heterogéneo.
Con varias acciones se infringe varias veces la misma disposición penal: concurso sucesivo homogéneo.
Con varias omisiones se infringe varias veces la misma disposición penal: concurso sucesivo homogéneo.
Con una acción se infringe varias veces la misma disposición penal: concurso simultáneo homogéneo.
Con una omisión se infringe varias veces la misma disposición penal: concurso simultáneo homogéneo.
 
Respetado señor fiscal cuarto especializado, de acuerdo al caso del señor capitán ANYELO PALACIOS MONTERO que denuncie a la procuraduría general de la nación-auxiliar de asuntos disciplinarios Dr. CARLOS ENRIQUE VALDIVIESO JIMENEZ y fiscalía 53 de derechos humanos de Bogotá; así como se lo pude indicar anteriormente-( figura del DELITO CONTINUADO: por su reiterada ejecución de la conducta desplegada a través del tiempo en venir vulnerando derechos fundamentales de sus administrados), es de conocer y de entender que no solo existe esta figura, sino que también existe la causalidad en sentido amplio de los hechos históricos que no prescriben así como se lo he indicado constitucionalmente, RESULTADOS Y ACCIONES, HECHOS DAÑOSOS CONSUMADOS que permiten afirmar que si han sido producidos por el coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO a través del tiempo, que de acuerdo a la teoría de la EQUIVALENCIA, el señor coronel siempre colaboro en su producción y que sin su colaboración no se hubieran producido los delitos.
Sintéticamente puede resumirse diciendo que por causa, se entiende por la suma de las condiciones negativas que ha venido originando el coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO con resultados y condiciones equivalentes entre sí, por tener el mismo valor y como todas las condiciones son equivalentes entre sí, por tener el mismo valor causal, cada una de ellas a su vez, debe considerarse como causa del resultado todo lo denunciado penalmente y los actuales hechos.
En documento enviado a la procuraduría general de la nación mediante guía el 937470227(servientregas) del  25 de enero de 2016, habla de los hechos relacionados con la comunidad anillo que involucran como víctima y testigo al capitán ANYELO PALACIOS MONTERO y en donde yo declaro también en contra del coronel CASTELLANOS SOTO JERSO JAIR,  documento revela las actuaciones intimidatorias y discriminatorias de la policía nacional en cabeza del actual director de la policía nacional General RODOLFO PALOMINO LOPEZ  y el coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO en contra del capitán PALACIOS MONTERO ANYELO, nexo causal, donde no se puede desconocer que el oficial declaro de que el coronel CASTELLANOS SOTO JERSON JAIR lo quería para favores sexuales con el general RODOLFO PALOMINO LOPEZ, revelación que desencadeno una serie de asuntos que solo vulneran sus derechos fundamentales así como bien quedo relacionado en el documento en mención que consta de 22 folios y del que le entrego fotocopia simple,  pero que así los hechos denunciados o informados ahora, no existe la duda de que se ha configurado otro delito de lesa humanidad, tortura moral y psicológica, donde es fácil de observar de que el mismo señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO ha venido asumiendo el mismo rol o mal comportamiento con sus subalternos, caso idéntico donde Él propuso y ordeno la desvinculación y el traslado del capitán ANYELO PALACIOS MONTERO para el departamento de policía Caquetá sin importarle de que este oficial estuviera con una PRESCRIPCIÓN DE PSIQUIATRÍA, coronel que desconoció el  Derecho A LA SALUD MENTAL (un dolo evidente con actuación defectuosa bajo la legalidad) - de no trasladar a funcionario hasta tanto el médico psiquiatra considere la recuperación total del paciente. SENTENCIA T-095/13; mismo oficial coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO  quien tengo denunciado penalmente  en la fiscalía cuarta especializada de Neiva mediante radicado 410016000584201501231 por el delito de tortura moral y psicológica y desplazamiento forzado y en donde además ya tengo informe a la comisión segunda del senado como órgano de control político para que este señor no sea ascendido a general en noviembre de 2016.Visto todo lo anterior y de acuerdo a todos los antecedentes históricos, es claro saber y es evidente la consumación de delitos bajo la figura del dolo, por todas la pruebas existentes.
Yo le agradezco a usted honorable señor fiscal las veces que me ha atendido oportunamente en su despacho donde me ha manifestado estar muy pendiente para resolverlo de fondo mi caso, vea no más y es muy importante como el gobierno nacional se ha venido preocupando por proteger a las mujeres, al mostrar por televisión como opera el maltrato psicológico cuando la esposa le dice a su esposa que quiere estudiar y él le responde que para que estudia que él la prefiere en la casa haciendo las cosas de la casa o bastante oficio. En ese mensaje muestra la fiscalía y la procuraduría violencia o maltrato psicológico o tortura moral o psicológico y llaman a denunciar; lo mismo que decirle uno a la esposa siéntese ahí, y de ahí no se  para  hasta que no me diga quién es su amante o mozo; eso también es maltrato psicológico o tortura. Unos dicen que lo anterior no es maltrato psicológico o tortura moral o psicológico o como lo quieran llamar; pero gracias a DIOS  este delito lo expresa claramente la alta corte constitucional para proteger no solo a las mujeres, también a todos los habitantes colombianos en todas y cada una de las modalidades de maltrato.
SENTENCIA NO. C-587/92 TORTURA-Modalidades/TORTURA-Sujeto indeterminado: El delito de tortura puede presentarse bajo dos modalidades distintas: tortura física o tortura moral. En cualquiera de las dos modalidades, de todas maneras,  el sujeto activo es indeterminado, lo que implica que puede ser cometido por cualquier persona, y también por funcionarios públicos. - SENTENCIA C-579/13 - SENTENCIA C-148 DE 2005 –LA TORTURA es la APLICACIÓN SOBRE UNA PERSONA DE MÉTODOS TENDIENTES A ANULAR LA PERSONALIDAD DE LA VÍCTIMA O A DISMINUIR SU CAPACIDAD FÍSICA O MENTAL, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica. Es decir que de acuerdo con la Convención Interamericana configura el delito de tortura cualquier acto que en los términos y para los fines allí señalados atente contra la autonomía personal, incluso si el mismo no causa sufrimiento o dolor.  -FUNDAMENTO DE DERECHO- El artículo 7º del Estatuto de la Corte Penal Internacional —aprobado en Colombia por la Ley 742 de 2002 Traslado o desplazamiento por la fuerza: Lo comete el que traslada o desplaza por la fuerza a una persona sin que medie justificación para ello. Así como lo hicieron con migo de trasladarme estando enfermo con un tratamiento psiquiátrico y la prohibición de no portar armamento, trasladado del Cesar para el Putumayo y del Huila para Nariño donde ya no aguante más y pedí el retiro por tercera vez, traslados realizados por la fuerza sin justificación alguna haciendo uso de la legalidad o sea mediante la oficina de recursos humanos, y la norma no dice que debo de ser campesino cultivando una tierra para demostrar que fui varias veces desplazado a la fuerza, y peor aún, haciendo ellos uso del principio de legalidad que los ha conducido al principio de responsabilidad del que habla en código contencioso administrativo.   Derecho A LA SALUD MENTAL-Orden al INPEC de no trasladar a funcionario hasta tanto el médico psiquiatra considere la recuperación total del paciente. SENTENCIA T-095/13. Desde todo punto de vista siempre me vulneraron mis derechos fundamentales consagrados en esta denuncia penal.
Muchas personas me han dicho que por que no demande una reparación directa por daños ocasionados a mi integridad física y moral, y muchos de ellos amigos que son especialistas en derecho civil y administrativo, a quienes les he dado las gracias por sus buenos deseos, ya que en el tiempo de DIOS, sin importarme cuales sean los resultados de esta denuncia penal que  sé que está en manos de un excelente ser humano, también ya cansado de las injusticias de este mundo, a usted señor fiscal, lo considero porque su trabajo es bien duro y estresante, a usted obedezco todo mi respeto y amor como hermano universal, por lo cual no lo molestare más con mis escritos tan extensos que solo hablan de la buena moral y de todo lo último que me ha venido sucediendo hasta tanto no se cierre la etapa de instrucción o de indagación. Sepa apreciado señor fiscal, que así como se lo indique anteriormente, sin importarme cuales sean los resultados de esta denuncia penal, en el tiempo de DIOS JEHOVA de los Ejército, él ya demando como debo de actuar, ya que existen  ley 1796 de 2000 y la ley 446 de 1998 de las que en su debido tiempo hare uso legal de estas normas  para poder reclamar mis derechos, no con una demanda de reparación directa de la cual también podría estar haciendo uso así como lo predica el legislador del consejo de estado; pero realmente mi caso es  más sustancial por el alto contenido de pruebas, ahí está que en esta denuncia penal no anexe la apelación que realice al tribunal médico laboral militar y de policía porque me hace falta un folio y en esta apelación les cuento de mi enfermedad y de todo mi padecimiento en la institución y ellos no se pronunciaron al respecto,  solo se salvaron de responsabilidades pensionándome y no investigaron porque solo les convenía dejar ese asunto quieto.
Si sustancialmente hiciera uso solo de la ley 1796 de 2000 al solicitar el reintegro por haber sido este voluntario, yo me estaría re victimizando, por el solo hecho de que si no me respetaron mis derechos cuando era miembro activo, pues estos terminarían de destruirme si volviera nuevamente a la institución, ya que si no quisieron reubicarme laboralmente, ahora menos lo harían porque he sido un fuerte crítico de los generales, y volver a ingresar es esta nuevamente sometido y expuesto a volver a tener el deseo de hacer justicia por las vías de hecho o como lo quieran llamar y a la verdad ha venido buscando fuertemente de DIOS y no le quiero dar oportunidad a esos demonios, bueno esto un tema espiritual que no se si usted lo entienda.
 Una vez me decida,   demandare ´´ acción de nulidad y restablecimiento del derecho´´ porque yo no debería estar pensionado por invalidez a pesar de que este es un derecho o una prestación periódica que termino favoreciéndome por todo el maltrato que ya había venido recibiendo de mis superiores, enfermedad que se agravo, pero esta prestación periódica a  la vez también termino por vulnerar las normas superiores que le enuncie en la denuncia penal; bueno este es un tema que se discutirá en dicha demanda que es más extensa que la penal, porque de hecho en la acción de nulidad se hablara de que nació una denuncia penal por el mismo   principios de joinet, por ese inmenso dolor, frustración y tristeza que he mantenido a lo largo de todos estos años, no los quise guardar más, siendo esto una de  las tantas causas, que poco me dejaba conciliar el sueño y el deseo de asesinar o de tomar venganza contra  quienes me hicieron tanto daño (así lo dice la historia clínica, ver anexo 50 folio 268 al 269,anexo 51 folio 270, anexo 69 folio 303), todo el tiempo maquinando, como en el caso del Coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, quien tanto daño me hizo y del que como cosa de mi DIOS estuvo aquí en Neiva y yo nunca me di cuenta, por qué si no hubiese sido una tragedia porque ganas no me hubiesen faltado para haberle descargado uno 9mm; pero aun así no he dejado de pensar en la RECONCILIACION y tratar de olvidar el daño vivido. El haber podido  denunciar, me quito todo ese peso de tomar venganza gracias a DIOS, porque estoy seguro de se hará justicia. 
 
 
En este sentido, los Principios de Joinet han reconocido la doble naturaleza del derecho a la verdad señalando que tiene un valor individual y también uno colectivo. (i) En el campo individual, la incapacidad de lidiar con lo ocurrido es el origen del daño que padecen: el guardar secretos dolorosos puede producir la parálisis de la capacidad de amar y de actuar de las personas, por ello cuando las víctimas tienen la posibilidad de contar su versión de los hechos y hay empatía con su sufrimiento, se les respeta como personas y se les trata con dignidad y no con desprecio, como suele ocurrir cuando esas manifestaciones públicas no se han producido. Sentencia C-579/13
Artículo  58. Circunstancias de mayor punibilidad. Son circunstancias de mayor punibilidad, siempre que no hayan sido previstas de otra manera:
3. Que la ejecución de la conducta punible esté inspirada en móviles de intolerancia y discriminaciones referidas a la raza, la etnia, la ideología, la religión, o las creencias, sexo u orientación sexual, o alguna enfermedad o minusvalía de la víctima.
5. Ejecutar la conducta punible mediante ocultamiento, con abuso de la condición de superioridad sobre la víctima, o aprovechando circunstancias de tiempo, modo, lugar que dificulten la defensa del ofendido o la identificación del autor o partícipe.
6. Hacer más nocivas las consecuencias de la conducta punible.
8. Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito.
10. Obrar en coparticipación criminal.
12. Cuando la conducta punible fuere cometida contra servidor público por razón del ejercicio de sus funciones o de su cargo, salvo que tal calidad haya sido prevista como elemento o circunstancia del tipo penal.
PRETENSIONES
Me permito manifestarle al Honorable Señor Fiscal que en mi denuncia elevada el 28 de agosto 2015 no solicite La indemnización  en los casos previstos en la ley, desde ahora solicito la condena al pago de los perjuicios ocasionados, físicos, morales y psicológicos a mí  y a toda mi familia, mis padres, hermanos, hijos, esposa y demás familiares que también resultaron afectados por mi problema, ya que mi pretensión fue insuficiente donde solo pedía la declaratoria de responsabilidad contra la policía nacional. Así las cosas solicito que sea el honorable juez de conocimiento que realice la valoración y estimación del pago indemnizatorio por los perjuicios ocasionados una vez se inicie la etapa de juicio y juzgamiento.
Téngase como una prueba más lo informado.
RUEGO A USTED SEÑOR FISCAL TODO SU APOYO TOTAL BAJO EL PRINCIPIO DE  LEGALIDAD Y QUE DIOS LO GUIE.
Romanos capítulo 13 versículo 1, SOMETASE TODA PERSONA A LAS AUTORIDADES SUPERIORES; PORQUE NO HAY AUTORIDAD SINO DE PARTE DE DIOS, Y LAS QUE HAY, POR DIOS HAN SIDO ESTABLECIDAS. 13:2 De modo que quien se opone a la autoridad, a lo establecido por Dios resiste; y los que resisten, acarrean condenación para sí mismos.
13:3 Porque los magistrados no están para infundir temor al que hace el bien, sino al malo. ¿Quieres, pues, no temer la autoridad? Haz lo bueno, y tendrás alabanza de ella;
13:4 porque es servidor de Dios para tu bien. Pero si haces lo malo, teme; porque no en vano lleva la espada, pues es servidor de Dios, vengador para castigar al que hace lo malo. AMEN.
 
 
Agradezco su atención prestada Honorable señor Fiscal.
 
Atentamente.
Capitán pensionado
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO.


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Neiva, Huila 1 de marzo  de 2016
 
Señor Fiscal
Fiscalía Cuarta Especializada.
Neiva.
 
ASUNTO: Solicitud de Medida de Protección. Radicado # 410016000584201501231
 
Cordial Saludo.
Con la presente me permito solicitarle su más valiosa colaboración en el sentido ordenen a quien corresponda se me brinde la garantía del principio de presunción de riesgo constitucional, toda vez y que por tercera vez la solicito, atendiendo a la primera amenaza que ya recibí por medio de un periódico, del que nuevamente le anexo fotocopia, y donde además en el día de hoy me fue manifestado verbalmente de que mi vida corre peligro frente a unas personas muy poderosas, esta información se fue suministrada por un funcionario de la misma institución, información que corroboro con la primera amenaza, y que por obvias razones estoy enfrentado a varias personas que he denunciado en las fiscalías 4 especializada Radicado # 410016000584201501231 y fiscalía 53 de derechos humanos radicado # 110016000028200600254 a quienes también ya les envié esta información como antecedente.
Deseo dejar bien claro desde ahora señor honorable fiscal, de que en el encabezado de mi denuncia penal,  esta solo dice estar dirigida en contra de la policía Nacional como demandados o sea como institución, pero que de acuerdo a la relación de los hechos y de lo que he venido ampliando con el ánimo de aclarar lo fundado, en los hechos de la denuncia están todos los nombres de todos aquellos que me vulneraron mis derecho fundamentales y de los que considero que actualmente me siguen vulnerando al venir atentando contra mi derecho de salud mental y de mi familia por venir en desarrollo una serie de amenazas; oficiales que fui  individualizando en la medida que narre de forma descriptiva cada hecho en tiempo, modo y lugar;  MIS VICTIMARIOS AQUÍ DENUNCIADOS SON: coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO uno de los principales y actualmente activo en la policía nacional, Brigadier General TOBIAS DURAN QUINTANILLA(pensionado), capitán LUNA GRANADOS ELVIS (pensionado), teniente coronel ABEL DE JESUS LEON CUBILLOS (pensionado), teniente coronel CIRO HERNANDO CHITIVA RINCON (pensionado), teniente coronel GALLEGO GALLEGO GERNEY (pensionado), teniente coronel VALENCIA MARULANDA (pensionado), teniente coronel RUIZ ANTIA DANIEL (pensionado), coronel JARAMILLO PIEDRAHITA GERMAN (pensionado) Brigadier general VICTOR MANUEL PAEZ GUERRA (pensionado), coronel JOSE LAUREANO SANCHEZ GUERRERO (pensionado), coronel CASTELLANOS JERSON JAIR (pensionado), General JANIO LEON RIAÑO (pensionado) y general RODOLFO PALOMINO LOPEZ (hace poco retirado y director de la policía), estos tres últimos señores aquí nombrados  son del caso que adelanta la fiscalía 53 de derechos humanos por el caso de la comunidad anillo de la escuela de cadetes de policía general Santander donde resultó muerta la cadete LINA MARITZA ZAPATA GOMEZ  y en donde además yo eleve mi queja ante la procuraduría que fue lo que permitió que el procurador se pronunciara el 16 de febrero de 2016 en contra del general RODOLFO PALOMINO LOPEZ y así mismo lograr que nuestra policía no fuera gobernada más por un hombre que ha faltado a los principios de moralidad.
De igual le solicito que el sin número de oficios que le he elevado con dirección a su honorable despacho, estos documentos sean tenidos en cuenta como material probatorio descriptivo con el ánimo de orientar la  investigación, ya que mi actual pelea en contra de la institución policial se compagina ha hechos pasados, presentes y futuros posibles de una institución que nunca les ha gustado asumir sus responsabilidades y menos que los denuncien, porque de igual forma ya tengo también información de que pretenden buscar todos los mecanismos para anularme el beneficio a la pensión por invalidez actuando bajo el principio de la legalidad si así lo hicieren  y esto de ser así, no dejara de ser ahora y siempre una actuación intimidatoria de la que he  venido hablando claramente en mi denuncia que psicológicamente y moralmente no dejara de afectarme, porque ahora no solo pienso por mi vida, sino también por mi salud mental, que conforme avance la investigación tendré que informarlo, porque no hay que desconocer mi perfil actual de pensionado de la policía nacional y de todo lo que he venido denunciando, donde no deja de existir un vínculo del que ellos se podrían estar aprovechando actualmente para complementar su accionar delictivo, ya que resulta tortuoso o difícil de entender para ustedes, que con todos los asesinatos que se han cometido por parte de miembros activos de la policía nacional, tal es el caso de la cadete muerta dentro de la escuela de cadetes de la policía en Bogotá, que por el desmedro o deterioro de esa institución,  ya he pensado buscar los mecanismos para renunciar a los servicios de salud de la policía nacional por temor a los inescrutables azares del futuro, al estar pensando de que dentro de esa clínica me resulten desapareciendo en alguno de esos consultorios médicos, por lo que gestionare atención en salud de parte de otra EPS así me toque buscar este beneficio por tutela.

A TODAS ESTAS PERSONAS AQUÍ NOMBRADAS LOS HAGO RESPONSABLES POR LA INTEGRIDAD MIA Y LA DE TODA MI FAMILIA, es especial sindico abiertamente al general RODOLFO PALOMINO LOPEZ, coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO y coronel CASTELLANOS SOTO GERSON JAIR, ya que así como bien se cita en la sentencia T-146 de 2013 la vulneración de mis derechos fundamentales se han mantenido a través del tiempo y prueba de esto es actual  amenaza de muerte, que así yo sea actor en dos procesos de fiscalías diferentes (4 y 53), frente a lo que en mi integridad física (derecho a la vida y derecho a la salud mental-derecho a no ser torturado) esto no dejara de ser un CONCURSO SUCESIVO HETEROGÉNEO de delitos de una institución corrupta, donde todo tiene una estrecha relación, porque soy la víctima de la misma institución, un delito continuado (daño psicológico y tortura moral), por tal razón por eso me doy a la tarea de contarle a la fiscalía cuarta especializada que acontece en la 53 de derechos humanos porque son los mismos verdugos al servicio del estado.
Agradezco su atención prestada, a usted  honorable fiscal
ATT
Capitán Pensionado
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO.
 
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10 de mayo de 2016
Honorable Señor Fiscal.
FISCAL CUARTO ESPECIALIZADO.
Palacio de Justicia de Neiva.
DENUNCIANTE: JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO
DENUNCIADOS: POLICIA NACIONAL.

ASUNTO: DERECHO DE PETICION. Radicado # 4100160005842015011231.
Cordial Saludo.
Con la presente me permito solicitarle muy respetuosamente al Señor Honorable Fiscal ordene a quien corresponda se me informe cual es el estado de mi denuncia penal ya que a la fecha desconozco que actuaciones se han surtido  dentro de la presente en aras de dar cumplimiento a la ley 270 de marzo 7 de 1996 -ESTATUTARIA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA- considerando que la justicia es un valor superior consagrado en la Constitución Política que debe guiar la acción del Estado y está llamada a garantizar la efectividad de los derechos fundamentales, donde se debe generar responsabilidad de quienes están encargados de ejercerla.
El articulo 331 ley 906 de 2004 en cualquier momento, a partir de la formulación de la imputación el fiscal solicitara al juez de conocimiento la preclusión, si no existiere mérito para acusar dentro de las causales que se citan en el artículo 332. Citado así el fundamento de derecho articulo 331 y 332 ley 906 de 2004; debo  manifestarle al Señor Honorable Fiscal que para yo haber tomado la sana decisión de denunciar a la Policía Nacional por haber ellos  vulnerado  mis derechos fundamentales  a través del tiempo; todos los hechos relacionados en materia de salud y a mi enfermedad están debidamente soportados en el expediente con documentos que muestran evidentemente que SI me fue practicado en mi humanidad los delitos de tortura moral y psicológica, delitos que están bien relacionados e identificados en la sentencias NO. C-587/92, SENTENCIA C-579/13 - SENTENCIA C-148 DE 2005, HECHOS que deben ser materia de investigación por parte de la fiscalía por reunir o convocar una máxima carga probatoria; donde si existe la suficiente motivación y una relación clara de todos los HECHOS en el expediente de 337 folios, donde yo también con cada uno de los documentos que le he venido enviando a su despacho el 13 de octubre y 7 de diciembre de 2015, 19 de enero, 15 de febrero y 2 de marzo de 2016, estos documentos solo han tenido la única finalidad de deducir derroteros para la investigación que le permitan a usted conocer y analizar con facilidad mi caso o sea que lo he guiado para que no se estrese viendo un expediente de 337 folios, donde como denunciante me he impuesto una carga informativa, que permita inferir RAZONABLEMENTE que el hecho denunciado efectivamente si existió y es un delito de lesa humanidad,  parámetro para determinar el fundamento de una denuncia, donde las circunstancias de tiempo, modo, lugar y autores, revisten las características de un delito y median suficientes motivos y circunstancias fácticas que indican la existencia del mismo, así como se plantea en la Sentencia C-1177/05 de Honorable Corte Constitucional.
Por esa misma razón, si usted Honorable fiscal ha leído mi denuncia penal, ha podido encontrar que así como bien le cito cada hecho sucinto, a la vez también le cito los anexos donde podrá o pudo encontrar el documento de la época que confronta la veracidad de lo enunciado y denunciado, donde la sentencias de la corte constitucional por si solas dictan que el delito de tortura puede presentarse BAJO DOS MODALIDADES DISTINTAS que son la tortura física y la tortura moral y que en cualquiera de las dos modalidades, de todas maneras,  el sujeto activo es indeterminado, lo que implica que puede ser cometido por cualquier persona, y también por funcionarios públicos; donde LA TORTURA es la APLICACIÓN SOBRE UNA PERSONA DE MÉTODOS TENDIENTES A ANULAR LA PERSONALIDAD DE LA VÍCTIMA O A DISMINUIR SU CAPACIDAD FÍSICA O MENTAL, AUNQUE NO CAUSEN DOLOR FÍSICO O ANGUSTIA PSÍQUICA. Es decir que de acuerdo con la Convención Interamericana configura el delito de tortura cualquier acto que en los términos y para los fines allí señalados atente contra la autonomía personal, incluso si el mismo no causa sufrimiento o dolor.
 Por tal razón puedo manifestarle a usted Honorable señor fiscal que ese ejemplo o explicación que usted mismo me cito en su despacho, donde me indico de que si usted le decía a su esposa siéntese en esa silla y de ahí no se mueve hasta que no me diga quién es su amante; y entonces termina diciéndome usted a mi señor fiscal: ´´ eso no es tortura´´. Luego entonces con semejante ejemplo dado por usted, desde ese mismo día que esperanzas podía yo tener con usted como funcionario investigador y acusador o frente a ese león dormido de la policía nacional que acababa yo de despertar con mi denuncia, conclusión todo mi esfuerzo quedaría en la impunidad por su  INVISIBILIZACION frente al caso de tortura moral o psicológica al considerar que esta se subsume en otros tipos penales supuestamente más graves, por lo que deciden no investigar autónomamente la conducta de tortura moral a pesar de que haya o existan señales suficientes que indiquen que esta tuvo lugar.
 Por esa razón fue que en el documento que le radique el 15 de febrero de 2016 le referencie el anterior ejemplo que usted mismo me dio, y que en vez de darme moral, termino fue apocándome la poca moral que me quedaba; pero vea no más hasta donde yo fui tan leal a usted que no cite su investidura en el documento de 15 de marzo de 2016, o mejor dicho, no indique en principio que persona me dio tan notable ejemplo que está en contra de la constitución política y  precisamente fue usted, tal es el caso de que si lo estoy haciendo ahora en este documento, y es porque me veo en la penosa obligación de seguir defendiendo mis derechos constitucionales, ya que si usted honorable señor fiscal tiene a bien no cometer prevaricato por acción al solicitar la preclusión de mi denuncia ante un juez de garantía, con todo el respeto que usted se merece, estaría bien que ya hubiese ordenado practicar las pruebas pertinentes o necesarias para esclarecer los HECHOS motivo de mi denuncia penal y hasta ahora desconozco que acciones a tomado su despacho frente a mi caso denunciado; donde se evidencia en el anexo 76 folio 316 (de la denuncia) que cuando fui tratado por los médicos PSIQUIATRAS del HOSPITAL SAN CAMILO de la ciudad de BUCARAMANGA que fue la ciudad donde por primera vez consulte e inicio mi problema de salud mental por todo el acoso o presión laboral que venía recibiendo de parte de altos mandos; donde quedo bien relacionado en la Historia clínica en el año 1998 todo mi padecimiento por roce laboral con superiores por haberlos denunciado por corruptos, donde  como oficial de la policía Nacional fui sometido a discriminaciones y hostigamientos constantes, al punto de que tengo probado en esta denuncia que fui trasladado en dos ocasiones de departamentos de policía teniendo prescripto un tratamiento psiquiátrico y no porte de armas hasta nueva consideración terapéutica y nada de esto fue respetado, tales traslados fueron del departamento de policía Cesar para el departamento de policía putumayo y del departamento de policía Huila para el departamento de policía Nariño donde me ordenaron recibir una contraguerrilla y prestar varios servicios a la comunidad estando enfermo psíquicamente; hasta cuando ya no aguante más y me vi obligado a pedir el retiro de la institución por tercera vez en solicitud escrita sin motivación alguna; todos estos traslados están soportados en la hoja de vida que se encuentra anexa a esta misma denuncia y el cumulo de pruebas que dan cuenta de tales HECHOS, donde esa institución policial me vulnero siempre y toda costa el DERECHO A LA SALUD, el DERECHO A LA SALUD MENTAL, el DERECHO AL TRABAJO, el DERECHO A NO SER TORTURADO y otros DERECHOS ya citados, al precisar que la misma DIRECCION DE SANIDAD DE LA POLICIA NACIONAL había ordenado sacar adelante mi tratamiento PSIQUIATRICO en la ciudad de Neiva y en donde solo tenía tres meses de haberme venido del Putumayo huyendo de la muerte por haber sido honesto y no haberme vendido al narcotráfico así como se lo narro en la denuncia, donde no era de esperar más o nada bueno de una institución que poco me apreciaba, la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS de la policía nacional ordeno nuevamente mi traslado para el departamento de policía Nariño, TRASLADOS QUE SE EFECTUARON ESTANDO ENFERMO Y EN TRATAMIENTO PSIQUIATRICO EN NEIVA (QUE CONTRADICTORIO). Así las cosas no debe de existir la menor duda de que la policía me convirtió en un psiquiátrico, he hicieron lo que quisieron con el psiquiátrico y nadie decía nada por defender al psiquiátrico, donde las causas  o  hechos dañosos (hostigamientos, discriminaciones, interrupciones de tratamientos médicos de manera abrupta por traslados sin justa causa estando enfermo, amenazas) obtuvieron o dieron como resultado, o más bien crearon una enfermedad y en donde terminaron pensionándome por invalidez por daño psicológico O PSIQUICO porque me les agrave después de habérmeles retirado en octubre del 2001 , NEXO CAUSAL que no invalida la tortura moral y daño psicológico originado a través del tiempo, en concurso con los desplazamientos forzados (sin justa causa), donde sus responsables aún se encuentran libres de toda responsabilidad, hasta tanto el estado Colombiano no juzguen a los responsables aquí sindicados.   
Ahora bien honorable señor fiscal, mediante este escrito que yo sé que no será de su agrado por todas y cada una de las palabras aquí escritas que son verdad y que muchas veces por nuestro ego no aceptamos; y que así estas palabras hayan sido escritas dentro el debido respeto y el derecho constitucional; estas palabras identifican es a un ser humano atropellado moral y psicológicamente por una institución que siempre ha tenido la misión fundamental de proteger la vida y honra de los ciudadanos Colombianos y estos por lo contrario terminaron vulnerándome mis derechos fundamentales; que por tal virtud fue que acudí a denunciar porque es un delito que no prescribe por ser de lesa humanidad y máxime que por mi condición de salud al ser un discapacitado mental, somos  sujetos de especial protección constitucional y merecemos mayor atención por parte de la sociedad en general, al punto mi apreciado y honorable señor fiscal, que unos de sus ex alumnos de derecho hoy en día especializado en derecho constitucional y derecho internacional humanitario, ha visto y conoce mi caso de cerca, donde su ex alumno le preocupa y se asombra de saber que uno de sus mejores y exigentes profesores hoy en día fiscal 4 especializado de Neiva, deje observar la INVISIBILIZACION frente a un caso denunciado como el mío, donde está marcado de forma notoria la suma de varios hechos y documentos que por sus características tipifican la tortura moral y psicológica, delito de lesa humanidad.
A continuación cito los numerales 23 y 25, algunos de los descritos en los HECHOS de la denuncia presentada el 28 de agosto de 2015 y que por reparto la radicaron a su despacho, estos textos indican como fue mi vida laboral, todo un tormento.
23.-) Veintitrés :      Sin más preámbulos y ya habiendo citado que el pasado 14 de agosto de 2001 solicite mi retiro voluntario por tercera vez por todo el sufrimiento que estaba recibiendo; es de destacar que el 27 DE SEPTIEMBRE DE 2001 la dirección de sanidad de la policía nacional en cabeza del señor coronel médico  MOISES ELIAS CALDERON BAYONA jefe de área de medicina laboral y salud ocupacional confirmo y escribió el siguiente concepto o análisis mediante oficio #6895 que dice(ver anexo #  49) :En los antecedentes enviados y en el concepto ultimo firmado por el tratante EN PAPEL DE SEGURIDAD se observa que los diagnósticos emitidos por los tratantes en cada época giran en torno de una sintomatología ansiosa de tipo reactivo, los diagnostico de trabajo son: trastorno depresivo, ansioso o reacción aguda ante gran tensión y lo observado en general respecto del manejo suministrado a este paciente es concordante con la impresión dada. En las incapacidades se anota que el paciente se encuentra para esos momentos en una situación crítica dentro del padecimiento tratado y se recomienda reposo, con el objeto de lograr una disminución de la tensión emocional….....y así continua el escrito del señor coronel…….creemos que el paciente debe llevar a término el plan propuesto por su tratante con el seguimiento estipulado para determinar una posible secuela. El anterior análisis fue realizado por el doctor CARLOS ALBERTO AVILA LOZANO médico psiquiatra del área de medicina laboral y salud ocupacional. ¿Y cuál fue el reposo? mandarme para una contraguerrilla en Nariño.
-De este concepto se puede apreciar que estaba en Neiva recibiendo el tratamiento ordenado y de un momento a otro me enviaron para Nariño a recibir una contraguerrilla. 
25.-) Veinticinco :      Una vez notificado de la resolución 1469 de 2001 por la cual se me retira del servicio activo fue sometido a exámenes de revisión laboral, previamente valorado por el doctor médico psiquiatra Carlos Julio Corredor EL 2 DE NOVIEMBRE DE 2001 quien en formato del área de medicina laboral manifestó (ver anexo #50) : paciente de 30 años, natural de Neiva remitido para valoración psiquiátrica, a pesar de haber sido valorado permanentemente por la doctora LUISA FERNANDA ALARCON y el doctor JAVIER GÓMEZ CERÓN (especialistas en psiquiatría). Paciente severamente ansioso quien aduce intolerable estrés laboral. Al examen mental: consiente, alerta, orientado en las tres esferas memoria conservada, afecto depresivo y ansioso. HAY LLANTO durante la entrevista y resonancia afectiva, pensamiento lógico, coherente. Existen deseos de tomar la justicia con sus propias manos. Marcada irritabilidad y deseos de venganza. En ocasiones hay ideación suicida. Sea tornado violentable en su medio laboral. Juicio y raciocinio no comprometido, no hay alteraciones senso afectivas. Considero que debe de eximírsele del manejo de armas. Deberá ser dedicado a  labores puramente administrativas.
-Así lo anterior, le solicito muy respetuosamente a usted Honorable señor Fiscal NO  incurrir en DEFECTO FACTICO por INDEBIDA VALORACION PROBATORIA Y EN VIOLACION DIRECTA DE LA CONSTITUCION al poseer usted en el expediente SUFICENTES ELEMENTOS PROBATORIOS, donde usted honorable señor fiscal LLEVA EN SU MANOS 8 MESES con esta denuncia y es necesario la CELERIDAD para que la ADMINISTRACION DE JUSTICIA sea PRONTA y CUMPLIDA, ya que en la presente denuncia se encuentran bien relacionadas todas y cada una de las actuaciones defectuosas de la administración de la policía nacional en aras de haber vulnerado flagrantemente y con dolo mis derechos fundamentales y sobre todo donde yo demuestro en mi denuncia mi buena conducta como ciudadano Colombia y buen servicio prestados, por eso me di a la tarea de publicar la mayoría de mis resultados en esta denuncia, institución a la que ingrese con muy buena salud para servir y no para que me ultrajaran y me trataran peor que un animal, donde fui honesto y no  robe como lo han hecho otros y que por haber sido buen ejemplo tengo de donde exigir y la valentía de hablar señor fiscal,¿ o usted está de acuerdo con todas esa manzanas podridas que están o han pasado por la policía como el coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO del que usted tiene actualmente una denuncia por enriquecimiento ilícito con el radicado CUI 410016000584201600273 donde este coronel resulto ser compañero sentimental de una patrullera de la policía nacional, la cual creo una constructora en el año 2009 estando activa y ahora retirada en el 2015. Casos como estés demuestran que entre cielo y tierra nada queda oculto, y tarde pero temprano hay quien termine denunciándolos porque no es nada difícil poder investigar a los corruptos, donde estoy esperando más información de los PEPON para poder seguir salpicando a este corrupto que ha venido siendo protegiendo por el mismo General RODOLFO PALOMINO LOPEZ, coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO que de igual forma aparece en los hechos que denuncie por tortura moral 4100160005842015011231 y que adelante su honorable fiscalía.
Lo único cierto que me queda de todo lo aquí alegado, es saber que un día lo intente y DIOS me dio la oportunidad de hacerlo sin importar las barreras que se me presentaran. ´´PERO NUNCA ME RENDI Y NUNCA ME RENDIRE SEÑOR FISCAL JAIRO´´ porque sé que en lo más profundo de mi conciencia TUBE EL VALOR DE SEÑALARLOS ALGUN DIA  A TODOS ESOS OFICIALES CORRUPTOS sin importarme las consecuencias, porque a mi Dios no me dio espíritu de cobardía y de deshonestidad. Gracias DIOS mío. Amen.
De igual forma doy poder amplio y suficiente para que se le reconozca personería jurídica y me represente en todas y cada una de las actuaciones al doctor JUAN PABLO QUINTERO MURCIA CC 12.123.096 de Neiva T.P No 178.652 DEL C.S.J, en los procesos 4100160005842015011231 y CUI 410016000584201600273 notificaciones que se surtirán a la calle 5 # 2-72 de la ciudad Neiva o al correo electrónico jofamala@hotmail.com.
Romanos 13Reina-Valera 1960 (RVR1960)
13  Sométase toda persona a las autoridades superiores; porque no hay autoridad sino de parte de Dios, y las que hay, por Dios han sido establecidas.
De modo que quien se opone a la autoridad, a lo establecido por Dios resiste; y los que resisten, acarrean condenación para sí mismos.
Porque los magistrados no están para infundir temor al que hace el bien, sino al malo. ¿Quieres, pues, no temer la autoridad? Haz lo bueno, y tendrás alabanza de ella;
porque es servidor de Dios para tu bien. Pero si haces lo malo, teme; porque no en vano lleva la espada, pues es servidor de Dios, vengador para castigar al que hace lo malo.
Por lo cual es necesario estarle sujetos, no solamente por razón del castigo, sino también por causa de la conciencia.

DEDICADO A JEHOVA MI DIOS

Atentamente
Capitán Pensionado
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO.
Calle 2 # 3-30 Neiva Huila, edificio almacén casa de los empaques.

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Neiva, Huila 25 de noviembre de 2015
SEÑOR FISCAL
Misael Fernando Rodríguez
Director de Fiscalía Nacional Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
ASUNTO: DENUNCIA, DERECHO DE PETICION Y TESTIMONIO PARA QUE HAGA PARTE DE LA INVESTIGACION QUE SE ADELANTA DENTRO DEL HOMICIDIO O SUICIDIO DE LA CADETE LINA MARITZA ZAPATA GOMEZ, DE HECHOS OCURRIDOS EL 26 DE ENERO DE 2006 AL INTERIOR DE LA ESCUELA DE CADETES DE POLICIA GENERAL SANTANDER, Y EN DONDE SE SINDICA AL SEÑOR CORONEL PENSIONADO GERSON YAIR CASTELLANOS DE SER EL LIDER DE UNA RED DE PROSTITUCION O DE TRATA DE PERSONAS Y QUIEN MANIFIESTA NO SER HOMOXESUAL PARA EVADIR CIENTIFICAMENTE SU RESPONSABILIDAD AL NEGAR SU VERDADERA CONDICCION HUMANA O SEXUAL.
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO CC. 7.688.896, natural de Palmira valle y residente en Neiva Huila, Capitán pensionado de la Policía Nacional elevo la siguiente información y denuncia Bajo la gravedad de juramento, siendo conocedor de todo lo que me representaría una falsa acusación o denuncia:
 
Hace varios días me entere del caso del señor teniente coronel REINALDO ALFONSO GOMEZ BERNAL, donde acusaba al señor general director de la policía RODOLFO PALOMINO de ser tal vez HOMOXESUAL, y que yo al notar este escándalo decidí crear un blog donde le informo a los policías de Colombia que deben de denunciar esta clase de hechos, en el enlace ´´http://denunciadepoliciascolombianos.blogspot.com.co´´. Seguido de esto, continúe investigando más sobre el asunto y me encontré con el escándalo de la red de prostitución al interior del alma mater de la oficialidad de la policía nacional, donde logre confrontar y establecer de que se trataba del mismo señor GERSON YAIR CASTELLANOS que conocí en el año 1993 cuando yo era subteniente.
 
Cuando yo era subteniente recién egresado me toco instalarme en el casino de oficiales de la antigua estación número 2 de Chapinero por la avenida circunvalar, eso fue en el año 1993, pero antes había pertenecido a la antigua estación de policía del chico.
En esa misma estación de chapinero y la vez distrito, éramos como unos 22 subtenientes entre antiguos y reclutas, además ahí también estaba instalado o vivía el capitán GERSON YAIR  CASTELLANOS, de quien también sabíamos que era soltero  y además  el coordinador de seguridad u oficial de enlace del Congreso de la Republica es esa época.
 
Este capitán GERSON YAIR CASTELLANOS acosaba sexualmente a los auxiliares bachilleres del casino de oficiales OFRECIENDOLES DINERO PARA QUE TUBIERAN RELACIONES CON EL, auxiliares bachilleres que pusieron una queja al comando de estación y nada paso; por esta situación ellos pedían cambio al comandante de compañía para no estar más en el casino al servicio de los oficiales.
 
 Lo cierto es que este capitán CASTELLANOS también les hizo otras propuestas indecentes a más auxiliares bachilleres y sus padres terminaron llegando al mismo comando de policía a ver qué era lo que estaba pasando con ese libidinoso, pero de igual forma nada pasaba, porque el coronel de esa época estaba embobado con el capitán, ya que este a toda hora vivía diciendo de que él era el consentido de los senadores o congresistas, y que él estaba buscando la forma para que el coronel de esa época que era comandante de la estación, pudiera salir a una comisión diplomática……..mejor dicho, lo tenía con ese cuento de blanca nieves.
Por otro lado el capitán CASTELLANOS nos hacía muchas maldades, como botarnos o quemarnos los quepis y los uniformes con una mechera, amarrarnos los cordones de los zapatos mientras caímos en sueño profundo en la sala de tv, aplicaba pegante a las chapas de nuestras habitaciones y otras tantas más maldades, al punto de que no aguantamos más y también pusimos la queja pero el capitán CASTELLANOS no le importaba, porque a él le pesaba más el culo que al mismo comandante de estación, teniente coronel de apellidos RODRIGUEZ, el cual  a toda hora vivía dándole pleitesía al capitán CASTELLANOS o en día CORONEL retirado; hasta el punto de que alguien no aguanto más y ciertamente mientras dormíamos a eso de las dos de la madrugada estallo un fuerte petardo en la puerta de la habitación de tal capitán CASTELLANOS, que fue tan duro el estallido que reventó también todos los vidrios del ventanal de ese cuarto donde él dormía.
 
Lo cierto es que por esa mini bomba no se inició tampoco una investigación disciplinaria o penal, todo quedo callado nada más y nada menos por taparle al capitán CASTELLANOS sus fechorías de las cuales hubiese podido haber sido retirado de la policía en esa época, donde dicho capitán por el incidente de la bomba que era un tema bien delicado, termino trasladándose a vivir a otro lado.
 POR FIN SE NOS QUITO ESE ACOSADOR DE ENCIMA. ¿Quién sería el de la bomba, nunca podré decir que fui yo? ¿O que fue el del frente o el del al lado? Lo cierto fue que estallo y gracias a DIOS nada más paso, porque también se oía hablar a un subteniente que quería matar a ese capitán, pero nunca supe porque en esa época con exactitud cuál era la causa  y ahora entiendo o puedo entender después de muchos años que este capitán está vinculado en una red de prostitución en la ESCUELA DE CADETES DE LA POLICIA NACIONAL donde resulto asesinada la cadete LINA  ZAPATA, NO ES RARO DE QUE TAMBIEN UBIESE ESTADO ACOSANDO A ESE SUBTENIENTE O TAMBIEN LOS HUBIESE VIOLADO.
Lo cierto es que yo no quería contar esta historia en mi blog en un  principio y en mi primer video cuando el trato de cogerme los genitales; ese suceso  fue muy desagradable para mi vida profesional e íntima, ya que el señor coronel CASTELLANOS GERSON YAIR un día, cuando yo estaba ya ingresando a mi habitación,  se me fue encima diciéndome  que por ser negro lo tenía grande y a la vez tratando de acariciarme o cogerme los genitales, actuación que yo trate de impedir empujando a dicho señor CASTELLANOS. De este incidente protocolizado por el mismo señor capitán CASTELLANOS en ese entonces pase un informe al comandante de estación y el coronel no hizo tampoco nada. lo cierto es que ese capitán me amenazó diciéndome de que si yo decía algo de lo sucedido, el me hacía trasladar para el putumayo porque él tenía mucho poder; lo cierto fue que no Salí trasladado para el putumayo porque yo estaba en año de prueba y solo me enviaron para la estación de policía de CIUDAD BOLIVAR y como por ser subtenientes reclutas siempre abusaban de uno en los servicios y la palabra de uno no valía, porque le podía a uno más el miedo, a diferencia de que cuando ya uno es más antiguo se tiene más voz para reclamar o sea se tiene menos miedo.
Veo y estoy sorprendido en establecer, que al señor GERSON YAIR CASTELLANOS le salieron raíces en el congreso de la república, toda una vida profesional en un mismo lugar, que cosa tan extraña con ese oficial.
 
Lo cierto es que en la conciencia del coronel CASTELLANOS no lo dejara dormir hasta que confiese la verdad y también declare quienes eran esos congresistas que participaron de esa prestigiosa red y también oficiales superiores de esa época. Pueda ser que antes de que ese coronel confiese, no lo vayan a callar para siempre como bien lo hace la mafia de esta institución.
 
Señor fiscal, yo conozco y soy amigo de muchos homosexuales, y los amo en cristo Jesús, porque ellos no escogieron esa condición hormonal, así los trajo DIOS y eso yo lo respeto, además también tengo mucha familia con esa misma condición, lo que yo no acepto de ningún ser humano sea o no homosexual, es segarle la vida a otro y dañar la moral de toda una familia, asesinando a un ser humano para ocultar una verdad que también era un crimen ´´trata de blancas´´ al interior de una institución que combate este delito. Piense no más donde esa cadete hubiese sido un hijo suyo, que miedo que un hijito de uno termine así. Por mi parte yo nunca dejare que mis hijas entren a esta institución que en vez de terminar de formar la conciencia de sus integrantes, terminan volviéndolos unos delincuentes o locos psicópatas al servicio del estado, como precisamente tienen ahora al capitán ANYELO PALACIOS MONTERO, que es víctima y testigo del caso aquí relacionado, quien también está actualmente sin protección, en la unidad de policía Florencia Caquetá y lejos de su familia en un estado de enfermedad psiquiátrico, cuando él debe es estar al lado de su familia.  Donde estarán hoy en día todos esos 300 cadetes que hicieron parte de esa red de prostitución también afectados moral y psicológicamente. Señor fiscal ya es hora que la justicia de DIOS se pronuncie a través del poder que él les ha conferido a esas fiscalías. AMEN.
De igual forma con todo el respeto que se merece esa honorable fiscalia, me permito manifestarles que estoy preparado para recibir, amenazas, hostigamientos,atentados o todo aquello parecido que atente para callar la verdad aqui escrita. soy 100 por ciento un guerrero y estoy preparado para lo por venir del cuerpo de la maldad, ya que esta no es la primera vez en que hayan podido atentar contra mi vida y todos los que han intentado han caido.AMEN.
 
Isaías 29:15
15 !!Ay de los que se esconden de Jehová, encubriendo el consejo, y sus obras están en tinieblas, y dicen: ¿Quién nos ve, y quién nos conoce?!

Isaías 59:2-4 
 
2 Mas vuestras iniquidades han hecho división entre vosotros y vuestro Dios, y vuestros pecados han hecho ocultar su rostro de vosotros, para no oir.
3 Porque vuestras manos están contaminadas de sangre, y vuestros dedos de iniquidad; vuestros labios pronuncian mentira, habla maldad vuestra lengua.
4 No hay quien clame por la justicia, ni quien juzgue por la verdad: confían en vanidad, y hablan vanidades; conciben trabajo, y paren iniquidad.
Enlace          https://youtu.be/9_BJIdLUZmk
 
Cordial saludo.
 
Atentamente.
CAPITAN
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO.
CC.7688896.      
Notificaciones. jofamala@hotmail.com
 
 
 
 

 
 
 
 
 

 
 

 


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