martes, 25 de abril de 2017

HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA-SOLICITUD RESPETUOSA CONTROL POLITICO AL Decreto 622 del 17 de abril de 2017 firmado por el señor presidente de la Republica;DONDE SE ORDENA ASCENDER AL GRADO DE BRIGADIER GENERAL AL SEÑOR CORONEL PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO.

HONORABLES SENADORES PERDONEN MI INSISTENCIA COMO CONTROL SOCIAL-GRACIAS


NO PERMITAMOS MAS LA CORRUPCIÓN EN NUESTRO PAÍS Y NO DARLE MAS OPORTUNIDADES A QUIENES VULNERAN DERECHOS HUMANOS. SON MUCHOS LOS CASOS QUE QUEDAN EN LA IMPUNIDAD HASTA POR LA VIA JUDICIAL, YO SI ME ATREVÍ A DARLE LA CARA AL PAÍS, Y A LOS POLICÍAS CORRUPTOS COMO EL CORONEL PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO Y A OTROS OFICIALES YA RETIRADOS, A QUIEN SEÑALO SIN LLEGAR A TENER TEMOR.

videos donde me dirijo a los honorables senadores y al pueblo colombiano donde les doy a conocer quien es el coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO







pdf documentos de fiscalia y procuraduria
20170424164643854.pdf 2 MB



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DOCUMENTO ENVIADO AL CORREO ELECTRONICO DE TODOS LOS HONORABLES SENADORES

Neiva,Huila 2 de mayo de 2017




Honorables Senadoras y Honorables Senadores.
Nuevamente les pido mil disculpas por mi insistencia con el tema relacionado con el ascenso del Coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO al Grado de Brigadier General, donde he venido realizando mi más entera oposición como control social, por haber sido una víctima directa de este señor por orden de oficiales superiores para dañarme moralmente. Bien les decía, que estando trabajando en el departamento de policía valle más exactamente en policía de carreteras en el año 1996, me vi obligado a pasar un informe de inteligencia en contra de los tenientes coroneles GERNEY GALLEGO GALLEGO y HERNANDO VALENCIA MARULANDA, por CONTRABANDO Y NARCOTRAFICO; Aquí en este blogg(http://denunciadepoliciascolombianos.blogspot.com.co/2015/10/denuncia-de-policias-colombianos.html) esta como quedo la denuncia que por competencia la asumió la fiscalía 4 especializada de Neiva por el delito de tortura moral y psicológica (sentencia NO. C-587/92 delito de lesa humanidad) y que actualmente le aplicaron el archivo provisional sin ser el juez natural o competente, así como ya se denunció ANTE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION-PROCURADURIA 137 JUDICIAL II PENAL HUILA en cabeza de la honorable procuradora NANCY ESPERANZA RAMIREZ CASTRO, así como lo demuestra el documento adjunto dirigido a la señora procuradora, para que esta investigación sea enviada al juez natural, o SEA A LA FISCALÍA DELEGADA PARA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EN BOGOTÁ, porque en esta hay involucrados generales en uso de buen retiro que omitieron los hechos denunciados a ellos en su momento, noticia criminal   # 410016000584201501231.
Hay algo muy importante que les quiero manifestar Honorables Senadores de la amarga experiencia que viví al servicio de esta sagrada institución: ´´ por lo general, las personas estamos influenciadas por las acciones de otras personas y nos fijamos en lo que la mayoría piensa o hace para determinar qué es lo correcto´´.  Por eso fue que en mi denuncia doy a conocer concretamente la sospecha de ¿Qué por qué no me desvincularon de policía de carreteras estando en el valle y ordenar mi traslado para los peores rotos de Colombia; por lo contrario me enviaron a las manos del Señor PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO para que fuera MI VERDUGO en Cundinamarca como mi comandante directo, y ya cuando él me enredo y me preconstituyo un delito que me llevaría a una investigación del penal militar durante 10 y de la que fui absuelto gracias  Dios y al universo; cuando ya estuvieron seguros del daño que ya me habían hecho, entonces ahí si me sacaron desvinculado de policía de carreteras y me trasladaron para puerto wilches Santander, donde tuve enfrentamientos  con la guerrilla y los paramilitares; no me da miedo decírselos porque es la verdad, en los municipios en los que trabaje, defendí mucho la población civil de ambos bandos (paras y guerrilla) y por eso la población me quería mucho, es tan así que intentaron secuestrarme dos veces los paramilitares por que no los deje hacer lo que querían en los municipios, matar gente. Esto está en mi denuncia, que también habla de los muertos de CTI en el Cesar año 2000.
Cuando me sacaron del valle, de policía de carreteras del valle por sapo (por ser honesto y pasar los informes); porque esas eran las palabras del Coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO en esa época capitán año 1996 y 97, solo alcance a durar en Cundinamarca 6 meses en la ruta de Fusagasugá donde ubique mi hogar, ya que una vez que me notificaron del traslado, a mi ex esposa señora PATRICIA VALENZUELA BUITRAGO le toco irse para Neiva mientras yo cumplía el traslado para Puerto Wilches Santander. Los mandos institucionales no atendieron de que si me iban a desvincular de la especialidad de policía de carreteras y como base Fusagasugá, por lo menos debieron haberme dejado trabajando en el departamento de policía Cundinamarca, porque no tenía sino solo 6 meses de haberme venido del Valle; PERO NO, a los mandos institucionales les pareció mejor atentar contra mi bienestar familiar y separarme más de mi familia enviándome lejos de ella sin razón al servicio. 
Pues ustedes dirán Honorables Senadores, que tienen que ver estos últimos acontecimientos con el señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, de que me hayan desvinculado de policía de carreteras y trasladado lejos de mi familia; Pues sencillamente este era el plan a seguir para ellos; ver hasta donde yo más aguantaba recibiendo humillaciones dentro de la institución; ahí está que estando ya prescripto en el CESAR para no portar armas, cuando menos pensé me trasladaron para el putumayo, donde llegue a trabaja y decomisar droga en la frontera con el ecuador; misma forma estando en el Huila me trasladaron para Nariño y ya no aguante más y pedí el retiro voluntario en el año 2001 en pasto Nariño y pensionado en el año 2004, porque ya sentía deseo de asesinar a otros o de quitarme la vida; A eso lo llevan a uno, cuando se es buen elemento. Lamentablemente el señor General Hernando Nieto NO cumplió con su palabra de sacar las manzanas podridas de la institución cuando recién recibió la dirección.     
´´ Por lo general, las personas estamos influenciadas por las acciones de otras personas y nos fijamos en lo que la mayoría piensa o hace para determinar qué es lo correcto´´
El anterior párrafo, está dedicado al señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, ya que el con sus malas acciones demostró hacer maldad por lo que los otros le decían u ordenaban, no le importo para nada dañar moral y psicológicamente a otra persona, y en este caso, a mí.
En verdad señores honorables senadores, yo he insistido todo el tiempo para que no le sea otorgado el Grado de Brigadier General al señor coronel Peláez Ramírez Juan Francisco, pero a decir verdad ya eso solo lo deciden ustedes en la comisión segunda y en la plenaria; para mí es más que importante saber que yo al lado del PELAEZ RAMIREZ así sea un simple capitán pensionado de la policía nacional por psiquiatría porque la misma institución termino dañando mi psiquis, yo siempre tendré más valores y principios que el señor de la referencia; de igual forma, así la fiscalía 4 especializada le haya practicado archivo provisional a mi denuncia temporalmente mientras lo ha de resolver la procuraduría 137 de Neiva, me ha quedado también el legado de haber sacado todo ese dolor guardado por durante muchos años en mi corazón (18 años) y también el honor y la oportunidad junto con otras personas, de poder investigar y dar a conocer la doble moral del señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, Lo cierto y lo más importante, es que  este señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO aún sigue siendo investigado  en la Fiscalía 70 de la unidad de administración pública en la fiscalía de Bogotá por delitos por corrupción, bajo la noticia criminal # 410016000584201600273, la cual fue  remitida por la fiscalía 2 especializada de Neiva en razón de competencia, a la ciudad en donde fueron cometidos los delitos.
MUCHAS GRACIAS, a ustedes por la mejor decisión que ustedes tomen, esta se respetara desde todo punto de vista
ATT
CAPITAN PENSIONADO
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO

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DOCUMENTO ENVIADO AL CORREO ELECTRONICO DE TODOS LOS HONORABLES SENADORES


Neiva, Huila 25 de mayo de 2017

HONORABLES SENADORES DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA


Comisión primera del Senado Honorable Senado.
Comisión segunda del Senado Honorable Senado.
Comisión tercera del Senado Honorable Senado.
Comisión cuarta del Senado Honorable Senado.
Comisión quinta del Senado Honorable Senado.
Comisión sexta del Senado Honorable Senado.
Comisión septima del Senado Honorable Senado.

Asunto: Derecho de petición control político en plenaria-Agradecimientos para que muy respetuosamente  se ejerza control político en la Honorable comisión segunda y en la Honorable plenaria del Senado y solicitud ser llamados a participar al debate de la plenaria que decidera estos ascensos nombrados en el Decreto 622 del 17 de abril de 2017 firmado por el señor presidente de la Republica; donde presentaremos nuestros argumentos a todos los honorables senadores, ¿por qué el coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO no debe ascender por falta de moralidad a Brigadier General así como ya se lo he venido referenciando en anteriores escritos .
Cordial Saludo Honorables Señores Senadores.
En días pasados mantuve una buena comunicación con ustedes ejerciendo control social, para que le sea negado el ascenso a brigadier General al señor Coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO por faltar al principio de moralidad.
Bien decía un señor Senador de la Republica, que hasta tanto no fuera declarado judicialmente culpable el señor coronel, seguía siendo inocente, pero aun así, seguiría siendo responsable por hechos denunciados encausados dentro de una conducta penal, y peor aún por vulnerar derechos fundamentales así la fiscalía no lleve la investigación  a un buen término y que todo quede impune; que por su parte, muy confidencialmente me manifestó que él no ascendería a Brigadier General, si fuera el senador ponente o si le llegara su hoja de vida.
EL señor Coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, fue uno de mis peores victimarios, y que gracias a él, por unas falsas pruebas preconstituidas, también me preconstituyeron un delito que me mantuvo con una investigación en el penal militar durante 10 años injustamente, y en donde gracias a DIOS me absolvieron. Este también fue uno de los tantos métodos o mecanismos empleados por la policía nacional para dañar mi salud mental, y peor aún, utilizando el aparato judicial. Toda esta historia está en mi denuncia, que así como está relacionada también la sentencia C-148 de 2005 en mi denuncia, esa investigación en mi contra, fue un acto intimidatorio utilizado intencionalmente para causarme sufrimiento, angustia psíquica y dañar mi carrera profesional, mi bienestar familiar (mi hogar se acabó) además de generárseme una enfermedad psiquiátrica, ya que todo acto que vulnere o violente los derechos fundamentales es considerado delito de tortura.
Lo cierto y lo más importante, es que  este señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO aún sigue siendo investigado  en la Fiscalía 70 de la unidad de administración pública en la fiscalía de Bogotá por delitos por corrupción, bajo la noticia criminal # 410016000584201600273, la cual fue  remitida por la fiscalía 2 especializada en razón de competencia; donde de igual forma yo sé que el todo poderoso también hará justicia con el delito de tortura moral y psicológica noticia criminal # 410016000584201501231 archivada provisionalmente por la fiscalía 4 especializada aun sin ser el juez natural o los competentes, actuación defectuosa que me ha vulnerado el derecho al debido proceso y el principio de legalidad, DONDE ACTUALMENTE, DENUNCIE ESTE HECHO ANTE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION-PROCURADURIA 137 JUDICIAL II PENAL HUILA en cabeza de la honorable procuradora NANCY ESPERANZA RAMIREZ CASTRO, así como lo demuestra el documento adjunto dirigido a la señora procuradora, para que esta investigación sea enviada al juez natural, o sea a la fiscalía delegada para la corte suprema de justicia en Bogotá, porque es esta hay involucrados generales en uso de buen retiro que omitieron los hechos denunciados a ellos en su momento.
No los quiero molestar más, porque yo sé que el tiempo de ustedes es un verdadero compromiso para con Colombia entera, por la que trabajan día y noche, pero si deseo manifestarle muy respetuosamente, que como ciudadano colombiano yo cumplí cabalmente con mi compromiso de hacer control social y de ser leal a mi país por haber sido honesto, porque nunca estuve de acuerdo con temas de corrupción dentro de la institución policial y hoy en día mis compañeros son coroneles de tres años de antigüedad. Yo sé que el coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCIASCO esta bordado de cualquier cantidad de galardones y de honores, donde muchos le fueron dados por unos respetables senadores, pero desafortunadamente después de 18 años, gracias a mi retrospección pude señalarlo o denunciarlo o sea demostrar que no tiene moralidad, un lobo vestido de oveja, ya que este señor oficial, fue uno de los que más participó activamente para que fuera dañada mi psiquis, tortura moral y psicológica, que se evidencia con la pensión que recibí de invalidez por psiquiatría; que así haya dicho un fiscal aun no siendo el competente para conocer de mi denuncia, que mis hechos denunciados son atípicos, yo sí sé que el Honorable Senado de la Republica evaluara muy bien la hoja de vida de este señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, y serán ustedes los Honorables Senadores quienes por conciencia y por la defensa de los derechos humanos, personas como este señor no seguirán haciendo uso y abuso de su poder. Solo deseo que se prodigue justicia, ya que el mismo doctor ENRIQUE MACHADO ante la fiscalía 70 de Bogotá está apoyando la investigación, para que se sepa la verdad de todas y cada una de las contrataciones que realizo el coronel, y en donde además violento y usurpo el archivo de la dirección de tránsito y transporte cuando fue director, no lo digo yo, ya eso está en la fiscalía.
Bien lo decía un erudito, ´´creáis en Dios o seáis ateo, lo importante es tener una conciencia limpia y un corazón bueno´´.
 Así todo lo anterior, les solicito que le den la oportunidad al señor abogado ENRIQUE MACHADO que trabaja con el viceministro de transporte y al suscripto capitán pensionado JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO para poder participar en la plenaria, o que si está a de realizarse a puerta cerrada, tengan en cuenta mi petición, de que se le niegue desde todo punto de vista No poder ascender al grado de Brigadier General el señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, ya que hasta en la misma fiscalía 335 local de Bogotá, a mí me denuncio por el delito de injuria por los mismos hechos que yo lo tengo al el denunciado, donde con esta denuncia por injuria, también ha buscado violar el debido proceso de las investigaciones que aún tiene vigentes, en especial la que está en la fiscalía 70 seccional de Bogotá.
El número telefónico del doctor ENRIQUE MACHADO es el # 313 885 6979 y el mío 317 858 7684-fijo 8740999 de la ciudad de Neiva. Por favor avisarme 8 días antes de la plenaria, a no ser que en la comisión segunda, desistan de su hoja de vida y no lo propongan.  
 Les agradezco por su atención prestada, mis padres de la patria, que Dios los cuida.
Atentamente
Capitán pensionado
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO
CC 7688896 de Neiva  jofamala@hotmail.com

denuncia penal por el delito de tortura moral
http://denunciadepoliciascolombianos.blogspot.com.co/2015/10/denuncia-de-policias-colombianos.html

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 ARCHIVO PDF DE DOCUMENTOS DE FISCALIA Y PROCURADURIA




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DOCUMENTO ENVIADO A LA SEÑORA PROCURADORA 137 JUDICIAL PENAL DE NEIVA QUE ESTA EN EL PDF ANTERIOR.

Neiva, Huila 24 de abril de 2017.

Señora Procuradora 137 Judicial Penal
NANCY ESPERANZA RAMIREZ CASTRO.
Procuraduría General de la Nación Neiva Huila.
Palacio de Justicia.

REFERENCIA:       Requerimiento.
QUEJOSO:            JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO.
REQUERIDO:        FISCALIA CUARTA ESPECIALIZADA DE NEIVA HUILA.

JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO, mayor de edad y de esta ciudad, identificado como aparece al pie de mi firma, actuando en causa propia, de la manera más respetuosa me dirijo a ustedes con el fin de solicitarle se sirva requerir a la fiscalía cuarta especializada de Neiva Huila, CON EL FIN DE QUE ARGUMENTE CUAL FUE EL SOPORTE QUE TUVO EN DERECHO CONSTITUCIONAL para proferir archivo provisional al proceso con noticia criminal # 410016000584201501231, así como consta en según su oficio de fecha 18 de abril de 2017 ds-20-21 fe04-118 de esa honorable fiscalía, por considerar los HECHOS denunciados como una conducta atípica. (ARTÍCULO 79. ARCHIVO DE LAS DILIGENCIAS. [Artículo CONDICIONALMENTE exequible] Cuando la Fiscalía tenga conocimiento de un hecho respecto del cual constate que no existen motivos o circunstancias fácticas que permitan su caracterización como delito, o indiquen su posible existencia como tal, dispondrá el archivo de la actuación. Sin embargo, si surgieren nuevos elementos probatorios la indagación se reanudará mientras no se haya extinguido la acción penal. Artículo declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-1154-05 de 15 de noviembre de 2005).
Deseo manifestarle a esa honorable procuraduría 137, que con mucho amor y humildad recibí la noticia de archivo provisional de mi denuncia, me dio mucha tristeza y no me da pena decírselo, llore arrodillado delante de Dios casi todo un día afligido.
Recuerdo que hace 18 meses, las tres veces que tuve el honor de poder hablar con el señor fiscal JAIRO ELBERT en su oficina,  el señor fiscal me alcanzo a manifestar, que por existir dentro de esta misma denuncia la vinculación de Generales de la policía, está la remitiría por competencia a la fiscalía delegada ante la corte suprema de justicia para que no le practicaran inhabilidad judicial dentro del debido proceso y el principio de legalidad, así como lo determina el artículo 235 numeral 4 de la constitución política y el articulo 32 numeral 6 de la ley 906 de 2004, CORRER TRASLADO DE LA INVESTIGACION A LA FISCALIA DELEGADA ANTE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA POR SER ESTA EL JUEZ NATURAL O COMPETENTE.
En todos mis escritos entregados a la fiscalía cuarta especializada, la mayoría de veces hablo o enuncio al señor Coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, pues es obvio, este señor fue uno de mis peores victimarios, y que gracias a él, por unas falsas pruebas preconstituidas, también me preconstituyeron un delito que me mantuvo con una investigación en el penal militar durante 10 años injustamente, y en donde gracias a DIOS me absolvieron. Este también fue uno de los tantos métodos o mecanismos empleados por la policía nacional para dañar mi salud mental, y peor aún, utilizando el aparato judicial. Toda esta historia está en mi denuncia, que así como está relacionada también la sentencia C-148 de 2005 en mi denuncia, esa investigación en mi contra, fue un acto intimidatorio utilizado intencionalmente para causarme sufrimiento, angustia psíquica y dañar mi carrera profesional, mi bienestar familiar (mi hogar se acabó) además de generárseme una enfermedad psiquiátrica, ya que todo acto que vulnere o violente los derechos fundamentales es considerado delito de tortura.
Lo cierto y lo más importante, es que  este señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO aún sigue siendo investigado  en la Fiscalía 70 de la unidad de administración pública en la fiscalía de Bogotá, bajo la noticia criminal # 410016000584201600273, la cual fue  remitida por la fiscalía 2 especializada en razón de competencia; donde de igual forma yo sé que el todo poderoso también hará justicia con el delito de tortura moral y psicológica archivada provisionalmente por la fiscalía 4 especializada aun sin ser el juez natural o los competentes, actuación defectuosa que me ha vulnerado el derecho al debido proceso y el principio de legalidad.
En derecho internacional Humanitario se conoce que es más grave atentar contra la integridad  física o moral de una persona o su dignidad, y no el delito que el coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO se encuentra investigado ante la fiscalía 70;  y peor aún, que dentro mis actuaciones valerosas de denunciar, termine llegándole a uno como denunciante una amenaza para atemorizarme y dañarme la tranquilidad, como quien dice quédese quieto, así como se lo exprese en la solicitud de medida de protección calendada 19 de enero de 2016 al señor fiscal 4 especializado, elemento probatorio que le entregue en fotocopia simple, ya que el periódico original yo lo poseo; Página 3 y 4 del periódico EL TIEMPO de fecha 8 de diciembre de 2015, donde me dicen: ´´muerte a sapos sáquele provecho a la vida diga adiós´´; Periódico donde precisamente dice el señor presidente de la Republica ´´no vamos a tolerar persecuciones´´, y el caso de VICKY DAVILA por el tema de la comunidad anillo. Con esta amenaza, antes que darme más miedo, me decidí valerosamente a investigar la vida del señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, por eso existe la denuncia en la fiscalía 70 de Bogotá por delitos contra la administración pública.
Entonces, a través de todos estos años de dolor y frustración, busque la oportunidad de que la honorable fiscalía y los jueces hicieran justicia, porque todo el tiempo la policía nacional vulneraron mi integridad o mis derechos fundamentales, y por eso fue que denuncie el delito de tortura moral y psicológica (delito de lesa humanidad), PERO la fiscalía resolvió practicar el archivo provisional y declarar atípica mi denuncia.
Solo puedo repetirle nuevamente con humildad señora procuradora, que en mi denuncia penal siempre le manifesté a la fiscalía 4 y al mismo comité técnico jurídico, que el HECHO por si solo de que no se me hubiera respetado mi DERECHO A LA SALUD MENTAL, y que estando enfermo psiquiátricamente y prescrito de NO PORTE DE ARMAS, MAL INTENCIONADAMENTE FUI ENVIADO A RECIBIR ESTACIONES DE DESORDEN PÚBLICO, está sola situación estuvo  en contra de todo tratado internacional humanitario por tratarse de un derecho fundamental, vulneración al DERECHO A LA SALUD, que vulnero mi DERECHO A LA INTEGRIDAD flagrantemente-tortura moral (Artículo 3º. Prelación de los tratados internacionales, LEY 906 DE 2004) y que aun así, también estos tratados protegen personas en discapacidad como yo, porque tengo el DERECHO A LA VERDAD (Artículo 5º. Imparcialidad. Los jueces se orientarán por el imperativo de establecer con objetividad la verdad y la justicia).
La fiscalía me manifiesta de que mi denuncia penal es considerada una conducta atípica, así sin anestesia y que por esa misma razón se procede al archivo provisional. Así las cosa, esto quiere decir, que todos los hechos que narre en mi denuncia (y demás memoriales), y con los elementos probatorios aportados en fotocopia simple (documentos de la época) y hoja de vida que también denota los traslados, NO ENCAJAN DENTRO DE UNA DESCRIPCIÓN PENAL, según concepto del comité técnico jurídico de la honorable fiscalía de Neiva.
Hasta aquí, muy respetuosamente y humildemente puedo referir que la fiscalía no le dio el valor y la razón a los elementos probatorios que presente en fotocopia simple; donde los funcionarios judiciales del comité técnico jurídico omitieron considerar todos los elementos probatorios que constan en el proceso, INFORMACIÓN LEGALMENTE OBTENIDA DEL ARCHIVO QUE POSEO EN ORIGINAL de documentos de la época.
Resulta evidente que de haberse realizado un buen análisis y una buena valoración de los elementos ahí aportados, la solución del asunto jurídico debatido no habría variado sustancialmente y hoy en día no estaríamos hablando de un archivo provisional
No obstante lo anterior, la Corte ha reconocido que en la valoración del acervo probatorio, el análisis que pueda realizar el juez constitucional es limitado, en tanto quien puede llevar a cabo un mejor y más completo estudio es el juez natural debido al principio de inmediación de la prueba.
Así lo anterior, según mi caso, no fue el juez natural (fiscalía delegada para corte suprema de justicia), sino la misma Fiscalía de Neiva o sea el comité técnico jurídico quienes aun no siendo competentes, no analizaron el acervo probatorio juiciosamente, aun habiéndoles dados todas las pruebas o derroteros; la fiscalía de Neiva me quito esa oportunidad de que se conociera la verdad, YA QUE LA ESENCIA DE ESTA DENUNCIA ES PROBAR TODO EL DAÑO MORAL Y PSICOLÓGICO CAUSADO POR LA POLICÍA NACIONAL, porque todos sus mecanismos o métodos fueron los que me provocaron una enfermedad psiquiátrica que me llevo a ser pensionado, ya que mi mayor defecto en la policía fue haber sido Honesto, me gane de enemigos a mis superiores, me dañaron la mente. Esto es atípico para la junta técnica jurídica, ¿que no es daño moral y psicológico haber adquirido una enfermedad por el producto de todo un acoso laboral, daño a la salud, daño a la integridad, daño a la dignidad, daño al bienestar familiar, daño al trabajo, así como lo contempla la corte constitucional.
Como lo dije al comienzo de este escrito, muy humildemente y con dolor recibí la noticia y he respetado la decisión que tomo el comité técnico jurídico de Neiva por determinar que mi denuncia es atípica y se archiva provisionalmente, pero nunca estaré de acuerdo con tal decisión; Luego entonces, en el ámbito del derecho constitucional, no existirían y también serían atípicas las sentencias  C-587/92  de la corte constitucional que no quiso observar honorable señor fiscal y la junta, mejor dicho a las que también les aplicaron la invisibilizacion a estas sentencia que referencie en mi denuncia: (´´ El delito de tortura puede presentarse bajo dos modalidades distintas: tortura física o tortura moral. En cualquiera de las dos modalidades, de todas maneras,  el sujeto activo es indeterminado, lo que implica que puede ser cometido por cualquier persona, y también por funcionarios públicos´´); como tampoco existirían y serian también atípicas la sentencias C-148 de 2005, y C-579 de 2013, que el honorable señor fiscal tampoco cuarto especializado tampoco quiso observar y la junta, sentencias, todas, que sí identifican y señalan claramente que es la tortura, donde la tortura, es la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental así como lo hicieron con migo todo el tiempo ¿o porque será que estoy pensionado por psiquiatría hoy en día, tortura física o moral, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica, incluso si el mismo no causa sufrimiento o dolor o trauma, o sea, que uno termina soportándolo todo, como yo lo hice durante 5 años y que posteriormente ya no aguante más en el año 2001 por que sentí deseos de asesinar o de suicidarme y decidí retirarme de la institución mejor para no cometer un error grave. De igual forma, así lo dice la sentencia, los delitos de lesa humanidad tienen como características causar sufrimientos graves a las víctimas o que atente contra la salud mental o física, o motivos discriminatorios (¿o sea que todos esos traslados que me hizo la policía estando enfermo, no atentaron contra mi salud mental o que ellos nunca atentaron contra mi integridad física y mental? Eso es atípico para la fiscalía, mejor dicho, algo normal para la fiscalía que un hombre este llorando cuando se siente humillado). Eso la fiscalía lo conoce mejor que yo, que le hayan querido aplicar la invisibilizacion a mi caso ya es otra cosa diferente, porque lamento decirle a la señora procuradora 137, que cuando yo me entere de que el honorable señor fiscal cuarto le iba a solicitar la preclusión a mi denuncia ante el juez de garantía que tampoco hubiese sido el natural, fue cuando de inmediato le presente un derecho de petición fechado 10 de mayo de 2016, y en este mismo, le manifesté, que como denunciante me impuse toda una carga informativa y elementos probatorios para que de manera razonable y constitucional, entendiera de que todos los hechos si existieron y aún persisten los daños ocasionados y es un delito de lesa humanidad, todo un daño moral y psicológico; circunstancias de tiempo, modo, lugar y autores que si revisten las características fácticas que indican la existencia del mismo. La verdad, muy respetuosamente le manifiesto a la señora procuradora, que desde un principio el señor fiscal cuarto especializado, le aplico la invisibilizacion a mi caso, ahí en el derecho de petición de fecha 10 de mayo de 2016 está el ejemplo que él me cito y en el que el mismo me manifiesta de que eso no es tortura moral; ya con ese ejemplo, yo que bueno podía esperar del honorable señor fiscal, de que archivaran mi investigación aun sin ser competentes, y peor aún fue más para mi destino, haberle escrito a él o el haber dejado plasmado en un derecho de petición su poco interés por mi denuncia; pero ya será Dios quien haga justicia.
Es bastante interesante, haberle informado a la fiscalía, por ejemplo, en el folio # 35 y 36 del expediente se relaciona  el numeral 15 de los hechos, acontecimientos médicos, donde existe prueba concreta o  elemento probatorio (documento), donde el médico psiquiatra me prescribe vacaciones (anexo # 58 y 59 ubicados en los folios # 278 y 279 del expediente o denuncia) y estas vacaciones nunca fueron resueltas o dadas, para haber tenido la oportunidad de recupérame  a alivianar más mi tensión, y antes por lo contrario, decidieron trasladarme del departamento de policía cesar para el departamento de policía putumayo estando en manifiesta debilidad o sea enfermo (pero como esto es normal para la fiscalía o sea atípico, desconocerle su derecho a una persona al derecho a la salud o a su integridad fisica o mental, o sea eso no es tortura moral, según la fiscalía), así como bien lo reza el oficio firmado por el señor teniente coronel ABEL DE JESUS LEON CUBILLOS(anexo # 69 ubicado en el folio # 303 de la denuncia), quien me ordeno entregar de forma inmediata mi arma de dotación-pistola prieto beretta, precisamente por estar enfermo y porque sabían que iba a dar de baja al CAPITÁN LUNA GRANADOS ELVIS por acosarme laboralmente, pero como vuelvo y lo repito así enfermo fui trasladado para el putumayo ¿Cuál fue la justificación para trasladarme estando enfermo? (desplazamiento forzado sin justa causa) Ya se lo dije, el coronel chivita termino de meter la mano; pero hasta aquí el directo responsable era el jefe de recursos humano en la dirección general en marzo del año 2001, quien se prestó para que cometieran este delito bajo la legalidad.
Hasta aquí Honorable señora procuradora NANCY ESPERANZA RAMIREZ CASTRO, no le quiero seguir hablando más de todos los antecedentes médicos que ya conoce al pie de la letra la honorable fiscalía de Neiva y que omitieron evaluar razonablemente, porque según el comité técnico jurídico, mi historia es atípica o no encaja dentro lo penal; pero si les quiero informar una realidad, que la  FISCALÍA  APLICADO LA INVISIBILIZACION A MI CASO, ya que en el mismo auto cabeza de mi denuncia, alcanzo a citar la sentencia T-095 del 2013´´no trasladar a funcionario hasta tanto el médico psiquiatra considere la recuperación total del paciente´´ es obvio de que esta sentencia es apenas del año 2013, pero aun así la sentencia C-587 de 1992 ya citada anteriormente (tortura moral), no exime de responsabilidad a la policía nacional por haberme traslado enfermo a otra área de orden público como el putumayo peor que la del departamento de policía cesar, infestada de guerrilla y paramilitares para terminar de dañar más mi psiquis, donde hubiese podido terminar asesinando a otros policías o ciudadanos o suicidándome así como lo rezan los antecedentes o historias clínicas.
La honorable fiscalía de Neiva me hablaba de presentar más elementos probatorios para reanudar la investigación, pues, estos serán presentados ante el juez natural que es la fiscalía delegada para corte suprema de justicia, no para que la reanuden como lo dice el fiscal cuarto, ya que los elementos probatorios que existen dentro del sumario son prueba suficiente para que la valore y continúe con la investigación el señor juez natural, donde así mismo, esta oportunidad procesal, nos dio también la oportunidad de si poder entregar más pruebas al juez natural; ya que en esta denuncia no se relacionó la historia clínica de la clínica de la policía de Neiva, que identifica mi padecimiento psiquiátrico o problema de salud, historia clínica del manejo  que se me venía dando en la ciudad de Neiva por parte del área de psiquiatría en el año 2001 y en donde ya existe evidencia en la denuncia (anexo 49 elemento probatorio, páginas 266 y 267) donde certificaron los médicos que yo me encontraba en una situación crítica y recomendaron reposo; pero el reposo que me dieron, se quedó solo en el papel o en la teoría, ya que fui trasladado para Nariño a recibir una contra guerrilla (unidad de reacción carabineros) así como lo reza el formato único de retiro por solicitud propia que está ubicado como anexo 45 en el folio 253 de mi denuncia (elemento probatorio), siendo esta mi tercera solicitud de retiro que si fue aceptada por parte del director de la policía nacional por que no se la pase motivada; ya que las dos primeras solicitudes de retiro identifican claramente todo mi padecimiento dentro de la institución, DONDE LOS MISMOS DIRECTORES DE LA POLICÍA NACIONAL, SEÑORES GENERALES, HICIERON CASO OMISO A MIS DENUNCIAS Y EL ATROPELLO CONTINUO, ya que no existe antecedente alguno donde hayan ordenado investigar todas las irregularidades que denuncie en las  dos solicitudes de retiro que están relacionadas en los anexos 6 ubicadas en los folios 169 al 187 y el anexo 39 ubicado del folio 241 al 247 de la denuncia que fueron dirigidas al señor general LUIS ERNESTO GILIVERT VARGAS, presentadas el 11 de abril y 19 de julio de 2001 respectivamente.
¿Entonces humildemente veo, entiendo y respeto la invisibilizacion que le aplico comité técnico jurídico de la fiscalía a mi denuncia al considérala  atípica, porque no reúne las características de un delito de lesa humanidad o por que no encaja como delito, o sea que es normal para la fiscalía de Neiva, trasladar a un enfermo psiquiátrico  desmejorándole sus condiciones de higiene mental, que al estar en la ciudad de Valledupar por ejemplo, la capital del Cesar su condición salubre por lo menos sería mejor; pero antes por lo contrario, fui trasladado para el putumayo, recibiendo como comandante la estación de policía san miguel putumayo en límites con el ecuador, donde fue hostigado por la guerrilla y mi vida estuvo también en peligro por haber decomisado un cargamento de 325 kilos base de cocaína, así como se relaciona en la denuncia, mi vida estuvo también en peligro, donde el mismo teniente coronel RUIZ ANTIA DANIEL, pretendió de que el capitán MARIN LARRAHONDO JOHN FABIO cumpliera traslado por tierra, exponiendo mi  vida.
¿Entonces humildemente veo, entiendo y respeto la invisibilizacion que le aplico comité técnico jurídico de la fiscalía a mi denuncia al considérala  atípica, porque no reúne las características de un delito de lesa humanidad o por que no encaja como delito, o sea que es normal para la fiscalía de Neiva, de que una institución tan importante como la policía nacional que está capacitada para velar por los derechos humanos de sus policías (ley 62 de 1993) pase por alto o por inadvertido la salud de uno de sus miembros con un severo antecedente clínico psiquiátrico desde el año 1998 causado por ellos mismos, ya que el fin de ellos, era continuar con la aplicación de métodos o mecanismos para seguir anulando su capacidad psíquica, así como ya está escrito en la denuncia y los otros escritos.
¿Entonces humildemente veo, entiendo y respeto la invisibilizacion que le aplico comité técnico jurídico de la fiscalía a mi denuncia al considérala  atípica, porque no reúne las características de un delito de lesa humanidad o por que no encaja como delito, o sea que es normal para la fiscalía de Neiva, que una persona que sufrió discriminación y abusos laborales, exista el antecedente de que haya tenido que presentar dos solicitudes de retiro motivadas, indicándole a los directores de la policía nacional todo su dolor y sufrimiento (anexo 6 folio 169 al 187 y anexo 39 folio 241 al 247), o sea que esto  es atípico o es algo normal dañar moralmente a otro ser humano y como tal no es una conducta penal demostrable y atípica para la fiscalía; que si así son las cosas con la fiscalía de Neiva, entonces hay que decirle a la corte constitucional que no siga legislando en materia de derechos fundamentales que hablen de la tortura moral y psicológica como la sentencia C-587 de 1992, porque al haber aplicado el archivo provisional, la fiscalía presenta un defecto factico por indebida valoración probatoria que es inconstitucional, ya que la policía nacional me vulnero flagrantemente varios de mis derechos fundamentales, que en la denuncia están relacionados todos los hechos y elementos probatorios, donde la misma fiscalía hoy resulta diciéndome que se podrá reanudar la indagación si presento más elementos probatorios, cuando las dos primeras solicitudes de retiro son una excelente carga probatoria que demuestra como se vulnero mi integridad.
Ya quedo demostrado, que la fiscalía cuarta especializada de Neiva, pudo haber utilizado como requisito mínimo solo los hechos relacionados en materia de vulneración al DERECHO A LA SALUD para haber dictado resolución de acusación en contra de la policía Nacional; ya que esta institución siempre me vulnero el DERECHO A LA SALUD MENTAL-DERECHO A LA INTEGRIDAD (tortura moral), ya que mi denuncia solo obedece a denunciar y a reclamar por el daño psicológico que aun mantengo (pensionado por psiquiatría), originado por todas las actuaciones abusivas que recibí de la policía nacional, donde mi derecho a la dignidad fue y aún sigue siendo violentado- sentencia T-351-1998. Es claro y es obvio de que en mi denuncia aparecen más derechos fundamentales vulnerados por eso cite algunas sentencias, a las que les aplicaron también la invisibilacion.
En materia a derechos a la salud, DERECHO A LA SALUD MENTAL, en esta denuncia ha sido y siempre será el tema principal que siempre se me ha vulnerado, donde ahora que soy pensionado, y todo el tiempo me ha tocado estar peticionando para exigir la mayoría de mis derechos en salud, la verdad, no le había dado mucha trascendencia a este problema que normalmente le llaman, problemas administrativos, cuando el sistema de salud no opera adecuadamente por temas de presupuesto o de contrataciones con terceros, pero lamentablemente empecé a notar que desde el año 2015, más o menos para la fecha en que coloque la denuncia por el delito de tortura moral y psicológica, varios exámenes que me fueron ordenados no me los autorizaron, de igual forma no le preste mucho interés a ese tema y tampoco lo vi como una alternativa para denunciarlo ante  la fiscalía. Ahora veo, que la situación si se ha querido poner delicada, porque la policía me ha venido dejando muchas veces sin mi medicación psiquiátrica durante mucho tiempo, buscado la oportunidad de que me desestabilice  emocionalmente, donde ya ha resultado evidente la demora en atender oportunamente mis requerimientos, atentando así de esta forma flagrantemente en contra de mi derecho a la salud y a mi integridad. Por esta situación tan delicada ya le dije a mi esposa que me registre en SANITAS como su beneficiario, de cualquier forma se han querido seguir desquitando con migo, porque de cierta forma, yo he sido una de las personas que más apoyo a los beneficiarios de la policía cuando no les dan su buen servicio. Aquí, el delito ha sido continuado, y que hasta tanto no se sancione la institución no parara la discriminación y el abuso, donde yo terminare Dios no lo quiera, porque cuando me han dejado sin medicación, he sentido deseo de asesina al director de sanidad de la seccional Huila. Esto también es Atípico y normal para la fiscalía que dejen sin medicación a un paciente psiquiátrico que ya tiene un proceso en contra de la misma institución por abuso y discriminación en temas de salud que vulneraron y siguen vulnerando mi integridad física y mental. Ya estos últimos acontecimientos como tal no los conoce la fiscalía.
Lo importante de todo este asunto honorable señora procuradora, es que como ciudadano colombiano cumplí con mi derecho de poder expresar todo mi dolor, que así no se haga justicia por parte de la fiscalía, deje un gran legado, haber denunciado lo que mucho no hacen por temor y con la esperanza y la fe que DIOS siga operando frente a la maldad de este mundo.
Por todo lo anterior, yo le agradezco por su atención prestada, que Dios la Bendiga.
Proverbios 4:18Reina-Valera 1960 (RVR1960)
18 Mas la senda de los justos es como la luz de la aurora,
Que va en aumento hasta que el día es perfecto.

ATENTAMENTE
CAPITAN PENSIONADO
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO
CC.7688896.   calle 5 # 2-72 Neiva 8740999 - 3178587684

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Neiva, Huila 5 de mayo de 2017

Señor Procurador
JAIME MARIN PALMA.
PROCURADOR 139 JUDICIAL PENAL.
Neiva, Huila.
Asunto: Entrego fotocopias simples de documentación que entregue y recibí de la fiscalía; así mismo fotocopia simple de nuevos elementos probatorios que identificaban mi padecimiento de los hechos que denuncie como delito de tortura moral y psicológica.
Cordial y especial Saludo.
Como bien lo puede observar el respetable señor Procurador estos documentos están ya enumerados del 1 al 28 o sea, los que he entregado y recibido de la fiscalía durante todo este tiempo; pero es de especial cuidado, leer el número 7, documento entregado el 10 de mayo de 2016 a la fiscalía 4, donde de forma directa y respetuosa le manifesté al señor fiscal 4 especializado mi punto de vista con el ejemplo que me puso, de que mi caso no era tortura, así demostrándome su invisibilizacion, ya que de igual forma hubo silencio de parte del señor fiscal ante este derecho de petición, ya que su expresión se salió fuera de los parámetros de la ley, que yo hoy en día no me explico por qué esto sucedió así, ser tan directo, porque de he hecho así lo manifesté en dicho documento; donde sé que debió haberse declarado impedido para Heber seguido con mi caso, o haberse inhibido ya que también en mi denuncia aparecen relacionados generales de la policía. De igual importancia sería importante leer los enumerados como número 23, 26, 28 donde le he informado mi caso a las diferentes autoridades, de que mi caso si es delicado.
Número 29 es un antecedente que ya está en el expediente y fue la primera intervención psiquiátrica en el año 1998 en Bucaramanga, después de haber salido golpeado moral y psicológicamente con esa investigación que me iniciaron en el penal militar que duro 10 años para intimidarme, al haberme preconstituido un delito que no cometí, coartada prepara por el señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO en esa época capitán. Mi exposición está hecha ante ese tribunal cuando me defendí.
Número 30 y 31  es uno de los  antecedentes que está ya en el proceso, y estos son cuando labore en el departamento de policía cesar, las vacaciones que me prescribió el especialista y que me dieron, fue trasladarme así enfermo para el departamento de policía putumayo a recibir una estación de policía (san miguel putumayo); pero como para la fiscalía esto es atípico, o sea, que es normal seguir atentando contra la integridad física de un ser humano estando enfermo, para terminar de minar más su salud mental y terminar pensionándolo por psiquiatría (DAÑO CAUSAL O NEXO CAUSAL CON TODOS LOS HECHOS), ósea que esto no es tortura moral o daño psicológico que si se ha mantenido a través de todo el tiempo y es delito de lesa humanidad así como bien lo ha manifestado la corte en su sentencia C-587 de 1992.
Numero 32 ya está también en el expediente, esta es la prueba indubitable, donde el coronel RUIZ ATIA DANIEL me quería hacer venir por tierra arriesgando mi integridad física, y gracias a Dios, Hoy en día estoy vivo por que me vine en avión para Neiva, después de haber decomisado 325 kilos de base de cocaína a los paramilitares. El coronel me quería entregar en bandeja de plata y además con este documento me inicio investigación en el penal militar por no haberle cumplido la orden, investigación que terminaron archivando porque no les daría resultado y les preocupo que yo lo terminara denunciando. Esto para la fiscalía también es atípico, que esta relación de este hecho, pues es una prueba clara de que mi vida o mi integridad física para esa institución policial no les importaban para nada y antes por el contrario me daban órdenes absurdas y bajo tiranía. Todo es muy claro, siempre existieron las malas intenciones con migo, pero como vuelvo y lo reitero la esencia de toda esta denuncia es que siempre atentaron contra mi salud mental, ya conociendo de mi enfermedad, porque ahí me tienen tomando pastas de por vida. Eso es atípico para la fiscalía haberle dañado moralmente la psiquis a una persona, que hoy en día detesto a todo oficial de policía, por todo el daño que me hicieron.
Número 33, 34, 35, y 36 esta es nueva evidencia o material probatorio de lo que fue mi historia clínica en la ciudad de Neiva o de lo que era mi padecimiento, NO ESTA EN EL EXPEDIENTE,  después de haberme venido huyendo del peligro en el putumayo, así como ya lo narre anteriormente en todos mis escritos; donde yo tome la decisión de venirme mejor para Neiva y no cumplirle la orden al señor Teniente Coronel Ruiz Antia Daniel, si no hoy en día estaría muerto y tal vez desaparecido. Les toco a las malas desde Bogotá ordenar administrativamente mi traslado para el departamento de policía Huila, porque me vine a las malas y porque les pase la primera solicitud de retiro motivada, que también está ahí en el expediente, como para que la fiscalía me siga diciendo que mi caso es atípico. En esta historia clínica toxica, esta mi agresividad, alucinaciones, deseos de matar, se me termino de dañar el hogar, ansiedad, y otros tantos cuadros clínicos que evidenciaban mi problema de salud, todo porque esa misma institución se dedicó a vulnerar mis derechos fundamentales.
Número 37, 38, y 39, esta es nueva evidencia o material probatorio  que demuestra de que la policía nacional evidentemente sabia de mi problema de salud todo el tiempo, no mas es de analizar el documento referenciado como 37 y 38, y ¿qué paso? terminaron trasladándome para el departamento de policía Nariño a recibir una contra Guerrilla o escuadrón de carabineros estando enfermo, teniendo tan solo 4 meses de estar solo ahí en el Huila en Neiva recibiendo tratamiento, así como ya se lo manifesté a la honorable procuraduría 137 en el escrito inicial; y esto es una situación bastante grave que atento contra mi integridad física, moral y psicológica, porque es de observar el numeral o documento 39 (nuevo material probatorio) con fecha 11 de junio de 2001 la señora psiquiatra prescribió cuando menos una evolución de los síntomas en 6 meses para una mejoría; Los más grave de este asunto, es que la policía realizaba los traslados bajo el imperio de la legalidad o mejor dicho bajo acto administrativo, pero eso no les vale para nada a ellos, porque nunca dejara de existir el hecho y el delito así haya dicho la fiscalía que mi caso es atípico, porque en el expediente también está la orden de traslado y la hoja de vida y ellos sabían a ciencia cierta de mi padecimiento, acto cruel e inhumano de la policía que para el señor fiscal Jairo elbert y para el comité técnico jurídico es atípico, que la policía juegue o haya jugado con la salud mental de un ser humano (vulneración flagrante a la integridad física y moral así como se deja ver lo relacionado en el numeral 40, para esa fecha en que fue editado el documento ya estaba en vacaciones de retiro, ya para que la dirección de sanidad mandaba esa mentira para lavarse las manos). ¿cuánto quisiera ver de que esta misma historia le pasara a alguno de ellos (fiscales-coroneles y generales), a sus hijos o a sus nietos metafóricamente (un ejemplo consensuado por la sociedad en la que vives diciendo lo mismo pero no literalmente), porque mi madre si lloraba viéndome sufrir y eso le costos haberse vuelto hipertensa y el desarrollo de un cáncer mamario; ¿dónde llamo el señor fiscal en su etapa metodológica y de investigación,  siquiera, a mis padres a rendir testimonio del ultraje que recibieron de manos del capitán PELÁEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO cuando les hizo hacer un estudio grafológico en el penal militar aquí en Neiva, por otra mala jugada  que nos hizo este señor PELAEZ; de igual forma el señor fiscal por lo menos debió  darse dado a la tarea de haber investigado quienes eran o fueron los jefes de recursos humanos en esa época y haber indagado cuales fueron las razones y circunstancias para ordenar dichos traslados, donde ya está evidenciado que mi permanecía en el Huila fue corta y bajo un  mal estado de salud. El era aplicarme siempre inestabilidad laboral para que interrumpiera mis tratamientos médicos y afectar no solo mi bienestar familiar si no también el laboral.

Número 41, esta es nueva evidencia o material probatorio, es el recurso de reposición que presente ante el tribunal médico laboral y ahí se les puso en conocimiento mi problema laboral y de salud y de cómo fue vulnerada mi dignidad y mi integridad física y moral, otro documento o elemento probatorio que muestra notablemente todas mis dificultades dentro de la institución.  
Número 42 al 45, esta es nueva evidencia o material probatorio de mi tenacidad a pesar de estar enfermo, cuando labore en la estación de policía san miguel putumayo. Actas de la estación, temas de paramilitares y otros como el decomiso de base de cocaína que aparece en el folio de vida del patrullero MURILLO CASTILLO JUAN PABLO, ya que el informe se me perdió dejando a disposición los narcóticos más exactamente 325 kilos, aun así no veían mi calidad de funcionario; pero como yo si conozco la realidad de la policía, 50 y 50, uno lo dan en operativos para mostrarle al país la mentira de que si trabajan y lo otro lo tuercen. La ilegalidad de esta institución es mucha, por se lo dije a la misma fiscalía, que si tuviera la oportunidad de volver a nacer nunca entraría a esta institución.
Número 46 y 47, esta es nueva evidencia o material probatorio  que identifica cual es mi actual situación con la policía nacional, que hasta sin medicamentos psiquiátricos me han dejado bastante tiempo, la evidencia es clara, tener que pedirlos por medio de un derecho de petición, ya esto se salió del margen de la ley, porque han querido seguir vulnerándome mis derechos fundamentales y seguir atentando con mi salud mental y demás órganos o patologías y eso es bastante delicado. Un delito continuado. Así las cosas, esta última evidencia no la podemos tampoco considerar atípica o un mero caso administrativo porque existe un nexo causal con todo lo denunciado, en conclusión quieren seguir atentando con mi salud mental, pero aun así no les he dado la oportunidad, por que quien perdería seria yo mismo si me doy al abandono gracias a Dios por que mantengo lucidez mental, pero aún hay mucha coas que se me olvidad, pero sigo en la lucha.
La verdad aquí hay muchas cosas que la fiscalía en verdad le aplico la invisibilizacion a mi caso por ser este uno de los pocos que ha podido haber en la historia de Colombia, donde una persona si se dio el valor o la valentía de denunciar corruptos de la policía y entre ellos está actualmente activo el señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO que ya fue postulado presidencialmente para ascender al grado de Brigadier General por decreto 622 del 17 de abril de 2017, decreto que esta ante la comisión segunda y después ante la plenaria, donde yo si he venido con otras persona realizando control social para que este señor de poca moralidad no ascienda a General de ninguna manera, para que el senado realice control político.
Yo entiendo la postura del señor fiscal JAIRO ELBERT GONZALEZ RODRIGUEZ por el actual  archivo provisional de mi denuncia que no fue en derecho constitucional (así él  le haga todas las observaciones del caso o el comité jurídico) por que para el más fácil solicitar la condena de gente inocente que lucha por el pueblo (el profesor de la USCO y la Cooperativa que solicito la condena a estudiantes de la universidad usco), porque  al estar enfrentado como fiscal o fiscales a una institución como la policía nacional, donde  se ve a diario la corrupción, abuso de poder e influencias políticas, que a futuro le podría costar su ubicación laboral en un nuevo concurso y así mismo recibir amenazas de quienes les hubiere solicitado también condena, donde es lógico y poco razonable, él señor fiscal no se quiso dar a la tarea de investigar verdaderamente, porque nunca lo hizo en verdad, y así mismo presentar resolución de acusación contra la policía nacional y los involucrados que son varios los oficiales de la policía nacional en hechos y en temas de discriminación e intimidación concretamente, por que en las dos primeras solicitudes de retiro motivadas estas los antecedentes y en la misma denuncia penal donde los señalo; lo digo y lo sostengo con mucha libertad de expresión, porque así se ve el asunto y así lo sentimos junto con los abogados que me han asesorado, aquí lo que hubo fue temor de manos del fiscal por investigar y de aplicar resolución de acusación y posteriormente condena, lo digo con mucho respeto, porque nada de esto es mentira y si él se ofende que puedo hacer, esa es la verdad. De manera de que yo si me tengo que quedar con toda esta culebra alborotada de cobardes de la policía que relacione en mi denuncia, porque ahí no existí ninguno que tengan la hombría de hacerme daño alguno, porque siempre he estado de la mano de Dios, en un mundo por las vías de hecho, que el que denuncia lo asesinan o la amenazan, ahí está el ejemplo del señor fiscal general de la nación que ya lo amenazaron por investigar a todos esos corruptos. A pesar de todo yo ando aquí en mi ciudad sin temor alguno porque vivo de la mano de Dios, porque yo y mi esposa tenemos testimonio sobrenatural, porque vivimos en oración y ayuno todo el tiempo, y no le hacemos daño a nadie, ósea que no tenemos espíritu de temor y tenemos la FE y la CERTEZA de que esto no quedara en la impunidad, vamos hasta el final.
 Paradójicamente solicite medida de protección a la fiscalía como presunción de riesgo constitucional, ya que si la voluntad de Dios es sacarme de este mundo, ya entonces quedaría el antecedente de que si pedí protección al estado, así la fiscalía haya determinado de que mi riesgo era poco; y que ante una eventual demanda de reparación por mi muerte, el estado no podría alegar culpa de la víctima y no indemnizar a mi familia, ya que el estado alegaría de que yo no pedí protección. Entonces, como ser humano es lógico que he de sentir temor, pero de igual forma tampoco les tengo miedo porque no tengo espíritu de cobardía.
JAIRO ELBERT GONZALEZ RODRIGUEZ profesor de derechos humanos pero no los aplica este  derecho en sus investigaciones, que tristeza, pero así es la mala justicia de este país, la ley es para el de ruana o el pobre.
Por todo lo anterior le agradezco su atención prestada señor honorable procurador.
Atentamente
Capitán pensionado
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO
CC 7688896.  Calle 5 # 2-72 neiva 8740999-3178587684  jofamala@hotmail.com

 






Honorables senadores
Comisión Primera del Honorable Senado.
Comisión Segunda del Honorable Senado.
Comisión Tercera del Honorable Senado.
Comisión Cuarta del Honorable Senado.
Comisión Quinta del Honorable Senado.
Comisión Sexta del Honorable Senado.
Comisión Séptima del Honorable Senado.

Cordial Saludo.
Primero que todo agradeciéndoles su solidaridad por la acogida que ustedes me han dado, por  que como ustedes me lo han sabido expresar, no ha sido nada fácil dar a conocer mi dolor frente a un gigante como la policía Nacional o sea elevar denuncias con riesgos, donde generales como el señor MAURICIO SANTOYO bordeado de corrupción logro saltar de coronel a general por desgracia, ese es un mal ejemplo para nuestra institución; pero aun así allí está pagando por sus errores en los estados unidos. Mi fin siempre ha  sido y será buscar que se haga justicia, sea que lo decida la honorable comisión segunda del senado o en la plenaria, con las demás honorables comisiones, pero aun así no dejare de dejar antecedentes de mi marcada lucha. Gracias a  Dios ya toda Colombia, pasamos más de 140.000.000 visitas entre llamadas y mensajes de texto, donde todos estos colombianos nos han expresado su solaridad,  preguntándonos como va mi caso ante el honorable senado, nos  llaman de Antioquia, Medellín, cauca, valle del cauca, Cali, Palmira, Nariño, pasto, Boyacá, Bogotá, Valledupar cesar, sucre, santa marta, barranquilla, choco, porque tengo arraigo familiar en la mayoría de esos departamentos y muchos amigos, ya que mi familia nuclear o sea mis abuelos paternos son de Antioquia y Nariño, y mis abuelos maternos son de Boyacá y cauca, y mi familia celular o sea mis hijas viven en Bogotá, en el cesar; yo les cuento a los honorables senadores de donde soy natural, porque en mi familia no existe tacha o antecedente judicial alguno, y antes por lo contrario, hemos participado también activamente en política, por eso les conté el caso cuando apoye al 2 veces cámara de representante MIGUEL DURAN GELVES de Valledupar aquí en la ciudad de Neiva para los comicios electorales en el año 2006, lo apoye para el senado donde nadie lo conocía aquí en Neiva, con 1189 votos donde nadie lo conocía vuelvo y lo repito y en donde lamentablemente no tuvo la oportunidad de ser senador por temas de paramilitarismo.
Muy respetuosamente y con humildad les envió, prueba indubitable de mi gestión ante la procuraduría para que no quede en la impunidad el delito denunciado de TORTURA con noticia criminal # 410016000584201501231   donde aparece bien relacionado el señor coronel PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO.
Desde Bogotá se ordenó que asumiera la procuraduría 139 judicial II penal de Neiva como agencia especial número 15052 y no la 137, por considerarse un caso delicado, por habérsele practicado el archivo provisional existiendo elementos probatorios con las características del delito denunciado. Así lo anterior he continuado como víctima con el control social para que desde toda consideración le sea negado el ascenso al grado de Brigadier General al señor PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO, por vulnerar derechos humanos así como ya se los he relatado desde el año 2016 reiterativamente y pidiéndoles disculpas por que ustedes manejan muchos casos y compromisos, donde continuare luchando para que se haga justicia en los extradós judiciales de Colombia e internacionales y en el senado, porque nunca dejare de ser una víctima; así se presuma la presunción de este señor, nunca dejara de existir la lesión que me ocasionaron persiguiéndome laboralmente por haber sido honesto, lesión que me llevo a pensionarme por psiquiatría, precisamente por todos los mecanismos que aplicaron para afectarme o dañarme mentalmente, realizándome traslados estando enfermo, y no creo que un honorable senado apoye esta clase de ascensos solo por influencias políticas o generalistas, ya que este señor desde todo  punto de vista no respeta los derechos humanos y que gracias a Dios no me dio medio  señalarlo y denunciarlo, pues precisamente por esa misma razón existe también la noticia criminal #  4100116000584201600273 que por reparto la tiene la fiscalía 70 seccional delitos contra la administración pública. Ustedes Honorable poco conocen de la denuncia inicial, pero por la primera recibí amenazas que se le informaron a la fiscalía en su momento, pero ya el destino dirá como serán mejor las cosas con el PELAEZ RAMIREZ JUAN FRANCISCO frente a mi postora si es que intenta fraguar algo contra mi integridad como se lo dije a la fiscalía, ya que no pude establecer o como comprobarle si esa amenaza vino directamente de este señor para intimidarme, pero eso antes me dio más fuerza para poder investigar con otras personas su doble moral. Ya todo queda en manos de ustedes honorables si le quieren seguir dando la oportunidad a este señor para que siga abusando de su poder, como bien se los decía en el video que grave por yuotube, ustedes honorables tienen su propio corazón y conciencia, nada me he inventado, si fui  y he sido una víctima de es este ante la fiscalía 335 local, como ya se los he narrado.
Les agradezco su atención prestada.
 Atentamente
Capitán pensionado
JOHN FABIO MARIN LARRAHONDO
CC 7688896